El Congreso ampliará hoy el delito de violación a agresiones sexuales con cualquier parte del cuerpo
El Pleno del Congreso de los Diputados tiene previsto aprobar hoy por unanimidad una Proposición de Ley presentada por CiU para modificar el Código Penal en materia de delitos contra la libertad sexual, de forma que se consideren delitos de violación las agresiones sexuales por vía anal o vaginal realizadas con cualquier parte del cuerpo del asaltante.
La iniciativa de la coalición catalana pretende corregir unos artículos "claramente desafortunados", cuya "estricta interpretación" por parte del Tribunal Supremo ha llevado a la publicación de sentencias que no consideran violación determinadas agresiones sexuales porque la penetración se realizó con órganos como los dedos y no con el pene o con un objeto.
El artículo 179 del Código Penal considera violación cualquier agresión sexual que consista en el "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal", así como la introducción de objetos por vía vaginal o anal. Igualmente, los artículos 182.1 y 183.2 agravan especialmente las penas por abuso sexual en los que no media violencia o intimidación cuando se produce introducción de objetos por vía vaginal o anal.
El año pasado, el Tribunal Supremo dictó una sentencia por la que reducía de 15 a 13 años la pena impuesta a dos hombres por sendas agresiones sexuales porque en un caso sólo introdujeron los dedos; además, ese mismo año dictó otra por la que rebajaba de seis a cuatro años la condena por el mismo motivo.
Los jueces consideraron en ambos casos los dedos como órganos y no como objetos, por lo que no podían considerar al ataque sexual como violación. La iniciativa legal tiene como objeto introducir la palabra "órganos" en los textos de los artículos de referencia.
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