Agricultura levanta la prohibición de celebrar ferias ganaderas decretada por la fiebre aftosa
La orden se aplica con carácter retroactivo desde el pasado 15 de mayo
La orden se aplicará con carácter retroactivo desde el 15 de mayo y se circunscribe exclusivamente a la celebración de dichas ferias y ciertos movimientos de las especies sensibles a la enfermedad (ungulados) para su sacrificio, pero no levanta con carácter general el transporte de estos animales.
El pasado día 8, el ministerio de Agricultura publicó en el BOE otra orden que también relajaba las restricciones al movimiento de animales. La medida permitía que el bovino y el porcino pudieran transportarse a un máximo de diez explotaciones, aunque siempre con autorización. También permitía trasladar a los animales a pastos designados, aunque precisaba que los vehículos utilizados debían ser limpiados y desinfectados.
Los traslados entre países de la UE seguirán teniendo requerimientos más estrictos.


























































