Inteligencia artificial, justicia y cláusulas suelo
Nuestra Administración de Justicia es uno de los servicios públicos peor valorados por los ciudadanos. Y eso es un signo de alarma
La Justicia es la primera de las funciones del Estado, pues antes que leyes los pueblos han necesitado iustitia. Y un poder judicial independiente es la garantía esencial del Estado democrático de Derecho: sólo a través de él se protegen los derechos de los ciudadanos, así como se ofrece seguridad jurídica y los mecanismos para una convivencia democrática. A pesar de ello, nuestra Administración de Justicia es uno de los servicios públicos peor valorados por los ciudadanos. Y eso es un signo de alarma. Ahora bien, para los profesionales que trabajamos con ella todos los días, hay extraordinarios jueces y magistrados, y las sentencias procuran hacerlas con calidad.
Todo ello ha sido objeto de estudio y reflexión por parte de muchas instancias y organizaciones, y naturalmente su análisis desborda los límites de este artículo. Pero la inteligencia artificial sí puede ayudar a mejorar notablemente el funcionamiento de nuestros juzgados y tribunales, y además de forma practicable: automatizando algunos de los procedimientos más sencillos y que copan buena parte de su actividad. Se trataría, por ejemplo, de los procesos monitorios, las reclamaciones de consumo de baja cuantía o los litigios relativos a las cláusulas suelo, también conocidas como suelo hipotecario. A la vez, con esta decisión se reducirían las cargas de trabajo y los jueces podrían atender otros asuntos más intrincados.
Para implementar esta novedad, sería suficiente con que las partes plantearan sus escritos a través de una aplicación, como ya sucede en la práctica con el sistema LexNet. Y como en estos casos la prueba es documental y los documentos presentan una tipología cerrada, la aplicación podría analizarlos y conseguir un tiempo de resolución incluso de días, el necesario para que el demandado pueda preparar su defensa. Tras ello el sistema podría elaborar una propuesta de sentencia que finalmente será aprobada por el juez, si no se quiere automatizar plenamente el procedimiento. Este es, sin duda, el campo más sencillo por el que la inteligencia artificial debería aplicarse a nuestra Administración de Justicia. Así lo permiten aplicaciones como Modria®, utilizada por eBay o PayPal para la rápida resolución de reclamaciones y que comienza a introducirse en algunos Tribunales de los países más avanzados.
Ahora bien, la inteligencia artificial es una herramienta, sin duda muy relevante, y tiene un campo formidable para mejorar la justicia, pero no puede mitificarse ni devenir en el juez absoluto. El algoritmo desencadena un flujo incesante de datos, invenciones y disrupciones que no siempre se comprenden, estudian o controlan. Más allá de los problemas de diseño incompleto, sesgo, parcialidad o discriminación de los algoritmos que han sido señalados por voces muy autorizadas, o de la necesidad impuesta por nuestra Constitución de que las decisiones judiciales sean motivadas (art. 120.3 CE) y de permitir ejercer con plenitud el derecho de defensa (art. 24.2 CE), lo cual no es posible con algoritmos cerrados y que no explican cómo han llegado a la decisión, me gustaría destacar aquí cómo la justicia no es un acto de predicción ni un modelo matemático que pueda encerrarse en fórmulas.
En efecto, no hay una metodología jurídica universal y existen diferentes teorías sobre el Derecho, sobre la argumentación o sobre la justicia que dificultan estandarizar y universalizar los razonamientos jurídicos. Todo ello sin olvidar el carácter nacional de muchas ramas jurídicas. O de que el juez no "predice" el derecho, dice el derecho, y ese derecho que el juez determina, si puede coincidir con lo que puede haber sido esperado, y es probablemente deseable que así sea, no es la realización de una predicción. La sentencia del juez es y debe ser, en la medida de lo posible, la verdad judicial buscada y establecida por medio de un proceso judicial con todas las garantías y que es vinculante para las partes: la justicia en su esencia no puede ser reducida a una predicción matemática o científica.
El Derecho no es un conjunto de proposiciones de sentido unívoco y de las que se extraigan respuestas únicas e intelectualmente indiscutibles a las cuestiones litigiosas que debe resolver. Posibilita, a través de un conjunto de leyes conocido, que las normas jurídicas y las decisiones judiciales sean responsablemente adoptadas, razonablemente justificadas y que puedan llegar a ser, tras los oportunos recursos, firmes e inatacables. Por el momento, es el mejor instrumento de certeza y de paz que los seres humanos hemos logrado ordenar hasta hoy. Es verdad que el Derecho es, en último término, una promesa de certeza. Pero la certeza definitiva sólo la puede dar la vida, como bien señaló Couture.
En todo caso, la inteligencia artificial va a exigir la actualización de todos los operadores jurídicos. Y asimismo está produciendo una transformación en la enseñanza del Derecho, para dar entrada también a la adquisición de contenidos interdisciplinares y habilidades argumentativas, estratégicas y emocionales.
Moisés Barrio Andrés es Letrado del Consejo de Estado, Profesor de Derecho de Internet y Experto en Ciberderecho
El Derecho no es un conjunto de proposiciones de sentido unívoco y de las que se extraigan respuestas únicas e intelectualmente indiscutibles a las cuestiones litigiosas que debe resolver
El Derecho no es un conjunto de proposiciones de sentido unívoco y de las que se extraigan respuestas únicas e intelectualmente indiscutibles a las cuestiones litigiosas que debe resolver
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