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La imparcialidad del juez Ollero, a examen

El Constitucional, paralizado sobre Cataluña por la recusación de un magistrado

El juez Andrés Ollero, en una conferencia hace dos años.
El juez Andrés Ollero, en una conferencia hace dos años.VÍCTOR SAINZ
José María Brunet

El Tribunal Constitucional va a resolver el próximo mes de enero la recusación de uno de sus magistrados, Andrés Ollero, a quien la Generalitat quiere mantener al margen de diversos recursos por considerar que ha perdido su imparcialidad. A tenor de los contactos ya habidos sobre este asunto, todo indica que la iniciativa del Govern será rechazada. Pero de momento el incidente —debido a que Ollero se refirió en un voto particular al “supremacismo” catalán— ya ha supuesto que se paralice el debate sobre tres recursos de inconstitucionalidad y dos cuestiones de competencias que afectan a Cataluña en materias importantes, entre ellas el Código Tributario, recurrido por el Gobierno.

La recusación llegó cuando el Constitucional estaba en plena discusión sobre esta ley, que podría ser anulada total o parcialmente. Un sector del tribunal propugna la primera opción, por entender que dicha normativa autonómica pretendía crear una de las estructuras de Estado que quiso levantar el procés. Pero muy probablemente prospere la idea de salvar los preceptos que no se consideren abiertamente inconstitucionales, habida cuenta de que Cataluña cuenta con competencias propias, aunque limitadas, en materia tributaria.

Consciente de la importante labor que le queda por delante sobre los recursos que afectan la administración catalana y a los líderes independentistas, el Constitucional evitó rechazar de plano la recusación presentada contra Ollero. El tribunal no quiere que pueda decirse que no ha dado ocasión a escuchar a las partes, y ha nombrado un instructor del incidente, el magistrado Antonio Narváez. La Fiscalía, a su vez, se inclinaría previsiblemente por sostener que no hay motivo para apartar al magistrado Ollero del pleno del Tribunal Constitucional.

La recusación, que se centra en estos casos, llega en un momento particularmente delicado para el tribunal, que en teoría tendría que haber sido renovado este mes de diciembre. Lo ha impedido la falta de diálogo entre los partidos. El Constitucional se dispone, por tanto, a asumir los recursos de amparo que lleguen contra la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el juicio del procés, mientras iniciativas como la de la Generalitat contra Ollero evocan pasados escenarios de conflictividad en torno a la institución encargada de velar por la vigencia de la Constitución.

Para la Generalitat resulta claro que al hablar de “supremacismo” en el voto particular por el que el magistrado Ollero se opuso a avalar la reforma del derecho civil catalán, dicho magistrado ha demostrado falta de imparcialidad para enjuiciar y resolver los recursos que afecten a Cataluña. Ollero es catedrático de Filosofía del Derecho, y llegó al Constitucional tras 17 años como diputado del PP y portavoz de su partido en el área de Justicia. En diversas ocasiones ha trasladado a sus votos particulares el estilo irónico, y a veces incluso sarcástico, que empleaba en las Cortes. Pero la Generalitat considera que esta vez no había ironía, sino directamente “animadversión” e incluso “odio” hacia lo catalán.

Los servicios jurídicos del Govern lo exponen así en su escrito de recusación. Critican sobre todo el pasaje del voto particular de Ollero en el que este magistrado escribió que no se prestaba a someterse “al supremacismo de quienes —a estas alturas— se sienten humillados si se les trata como si fueran iguales a los demás”. La Generalitat sostiene que Ollero incluyó en su voto discrepante este pasaje para negar que Cataluña pudiera pretender mejor trato que otras comunidades —y cita expresamente las de Valencia y Galicia— en materia de normas propias de derecho civil.

El criterio mayoritario en el Tribunal Constitucional es que hay que resolver pronto este incidente y centrarse en los recursos pendientes, entre ellos los del exvicepresidente Oriol Junqueras, Jordi Sánchez y Jordi Turull contra la decisión que en su día adoptó el Supremo para no dejarles salir de la cárcel para acudir a plenos del Parlament.

El tribunal ya se dividió por nueve votos a tres cuando rechazó conceder amparo a Junqueras por su larga prisión preventiva, de casi dos años. El voto discrepante de tres magistrados se debió a que entendieron que se habían vulnerado los derechos de representación política del líder de ERC. Ahora, la mayor preocupación del presidente Constitucional, Juan José González Rivas, es que el final de etapa de la institución con su actual composición permita mantener la unidad interna —traducida en resoluciones aprobadas por unanimidad—, y sin que el mecanismo de las recusaciones enturbie su labor.

En el Constitucional se sostiene que Ollero tendrá que mostrarse más contenido en sus textos, pero que su voto particular sobre el derecho civil catalán no es motivo suficiente para diezmar al tribunal. De la resolución del incidente depende que la institución pueda reanudar su tarea en enero con plenas funciones. Aparte de la citada ley Tributaria, el plan estratégico de acción exterior de la Generalitat y relaciones con la Unión Europea, la ley catalana de Comercio o el reglamento de Adopción Internacional, todos ellos recurridos por el Gobierno, esperan, entre otros asuntos, que se dicten las correspondientes sentencias.

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