La Audiencia condena a Interior por premiar a cargos de Zoido con un millón
Un tribunal considera nula la entrega en las Navidades de 2017 de un plus a un millar de directivos de las cárceles, aunque no detalla si tienen que devolverlo
La Audiencia Nacional ha fallado que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias repartió de manera irregular a finales de 2017, con Juan Ignacio Zoido como ministro del Interior, 1,1 millones de euros como complemento de productividad entre cargos de Prisiones. La sentencia considera que este reparto —que benefició a un millar de directivos de una plantilla de 23.500 trabajadores— debió negociarse con los representantes sindicales, por lo que lo declara nulo.
La polémica decisión ahora anulada por la justicia fue tomada el 23 de noviembre de 2017. Ese día, el entonces secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste —que ha ocupado el cargo de máximo responsable de Prisiones en todos los gobiernos del PP— firmó una instrucción interna en la que detallaba qué funcionarios de Prisiones iban a recibir una gratificación esa Navidad con cargo a un sobrante del presupuesto destinado a pagar el complemento de productividad a los funcionarios penitenciarios. Eran un total 1,1 millones de euros de una partida que aquel año superó los 44 millones.
El documento determinaba que aquel dinero iba a ser repartido entre los directores, gerentes, subdirectores y administradores de los 103 establecimientos penitenciarios dependientes del Ministerio del Interior (Cataluña tiene transferidas las competencias en materia penitenciaria), así como entre el personal destinado en los servicios centrales de Instituciones Penitenciarias. Yuste justificó en aquel momento la decisión en el “alto grado de compromiso y profesionalidad” que habían demostrado los directivos y que debía “ser necesariamente reconocidos y recompensados”.
Dudas sobre la devolución del dinero
El fallo de la Audiencia Nacional no detalla si el millar de cargos de Instituciones Penitenciarias que resultó beneficiado por el reparto del complemento de productividad declarado “nulo” deben devolver las cantidades percibidas y, en caso afirmativo, cómo sería esa devolución. Fuentes jurídicas de CSIF aseguran que “ese punto será objeto de una futura negociación entre Prisiones y los sindicatos”. No obstante, no descartan que deban reponerlo, que se les descuente de futuras percepciones o, incluso, que no se les obligue a devolverlo. Para estas fuentes, “lo realmente importante es que, a partir de ahora, cualquier reparto de esta partida debe ser pactado con los representantes de los trabajadores”. Un portavoz de Instituciones Penitenciarias confirmó que el actual equipo de Interior recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo al argumentar que la justicia rechazó antes demandas presentadas por otros dos sindicatos por los mismos hechos.
El máximo responsable de Prisiones recalcaba en aquella instrucción que las funciones desarrolladas por todos ellos eran “esenciales para asegurar el adecuado funcionamiento” de los centros penitenciarios, “así como para garantizar una mejora constante de su actividad que, obviamente y en términos globales, redunda en la calidad del servicio público penitenciario y fomenta su avance de cada a una mayor satisfacción de la sociedad a la que sirve”.
La decisión supuso que los directores y gerentes percibieron una gratificación en la nómina de diciembre de 2017 de 150 euros por cada mes de aquel año en que habían realizado funciones directivas —hasta un máximo de 1.800 euros— y de 182 euros en el caso de los subdirectores y administradores —hasta 2.184 euros—. Todo ello en un único pago. El anuncio de la medida provocó la protesta de los sindicatos, varios de los cuales presentaron un recurso para anularla.
Reparto arbitrario
La demanda de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) —que es la que ahora ha estimado la Audiencia Nacional— consideraba que Interior había cometido una “arbitrariedad” al adoptar la medida de manera “unilateral, irracional e injusta” por no haberse sentado a negociar con los representantes de los trabajadores cómo hacer este reparto. Esta demanda fue resuelta en primera instancia el pasado abril por la titular del Juzgado Central Contencioso-administrativo 7, Ana María Jimena, que consideró que la decisión de Prisiones era nula por no resultar “conforme a derecho”.
Este primer fallo fue recurrido por Interior, aún con el PP en el Gobierno, con el argumento de que no estaba obligado a discutir con los sindicatos los repartos extraordinarios de productividad. Interior alegó que estaba amparado por una instrucción interna de Instituciones Penitenciarias de 1997 que entonces sí fue objeto de negociación con los representantes de los trabajadores.
El abogado del Estado añadía en su recurso que si tuviese que entablar conversaciones previas con los sindicatos para determinar cómo se repartían las cantidades destinadas a productividad, eso “entorpecería el eficaz funcionamiento de la Administración”. Estos argumentos han sido ahora rechazados por los cuatro magistrados que componen la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, que respaldan la decisión adoptada en abril por su compañera Ana María Jimena. El tribunal insiste en la “nulidad” del reparto de los 1,1 millones de euros al estimar que este debería haber estado “precedido por una negociación colectiva [...]con independencia del resultado de la negociación”. El fallo también condena a Interior a pagar las costas del pleito.
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