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El PP cree que la sentencia de Gürtel vulnera su honor y reclama un nuevo juicio

El partido cuestiona la imparcialidad del juez De Prada por su amistad con Garzón

Rajoy durante su declaración en la Audiencia Nacional por el 'caso Gürtel'.
Rajoy durante su declaración en la Audiencia Nacional por el 'caso Gürtel'.AFP

El Partido Popular considera que la sentencia de la Audiencia Nacional sobre la trama central del caso Gürtel, notificada el pasado 25 de mayo y que propició la caída del Gobierno de Mariano Rajoy, supone una “lesión injustificada” a su “honor”, y reclama al Tribunal Supremo que la anule para que la causa “sea enjuiciada por un tribunal sin apariencia de parcialidad”. El PP, que fue condenado como persona jurídica como partícipe a título lucrativo –figura que define a quien se beneficia del fruto de un delito sin conocer su origen ilícito– centra su ataque en un miembro concreto del tribunal: José Ricardo de Prada.

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La formación conservadora ha presentado su recurso de casación sobre aquella sentencia, que le condena a pagar 245.000 euros por los actos que las empresas del cerebro de la trama Gürtel, Francisco Correa, realizaron para el partido en las campañas de las elecciones municipales de 2003 en Pozuelo de Alarcón y Majadahonda (Madrid). El escrito, de 106 páginas, cuestiona la imparcialidad del magistrado progresista De Prada “por su conocida amistad” con el exjuez Baltasar Garzón, primer instructor del caso y condenado por el Supremo a 11 años de inhabilitación por prevaricación.

El recurso, redactado por el abogado Jesús Santos, antiguo fiscal de la Audiencia Nacional, también resalta la “circunstancia sobrevenida” de que De Prada ha sido elegido por la ministra de Justicia, Dolores Delgado, para formar parte de la comisión para la restauración de la Justicia Universal. Antes del juicio, que se celebró entre octubre de 2016 y acabó en noviembre de 2017, De Prada fue recusado por los ahora condenados Luis Bárcenas y Pablo Crespo. Esta petición fue rechazada de plano por el magistrado encargado de examinarla, el fallecido Javier Martínez Lázaro.

El voto de De Prada, sumado al del magistrado Julio de Diego, fue decisivo, entre otros aspectos, para citar como testigo en el juicio de Gürtel a Rajoy en julio de 2017. El tribunal cuestionó en la sentencia la credibilidad del entonces presidente del Gobierno. “Constituye un hecho notorio que las improcedentes afirmaciones de la sentencia que recurrimos sobre la supuesta actuación del Partido Popular han tenido una enorme trascendencia política y que han coadyuvado en no poca medida a un cambio de Gobierno en favor del PSOE”, señala el recurso del PP.

En aquella sentencia, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional considera acreditado que entre 1999 y 2005 entre las empresas de Correa y el Partido Popular se tejió “un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública central, autonómica y local a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido”.

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Para el partido es “de una gravedad difícil de exagerar” que “a un responsable civil” como era la formación conservadora en el juicio “se le atribuyan en la sentencia supuestas conductas delictivas que no se están enjuiciando”.

Tras la sentencia, De Prada se incorporó al llamado Mecanismo Residual para los Tribunales Internacionales de Naciones Unidas -IRMCT- y al Tribunal que conoce de la sentencia de apelación del caso contra Radovan Karadzic. El Consejo General del Poder Judicial le impidió reincorporarse a su plaza en la Audiencia Nacional mientras no renunciara a ese tribunal internacional, lo que él interpretaba como una “sanción encubierta” que le impedía, de paso, optar a una plaza de vocal en el órgano de gobierno de los jueces. El PP, que está imputado penalmente como persona jurídica en el caso de la destrucción de los ordenadores del extesorero Luis Bárcenas, plantea al alto tribunal otros motivos para anular la sentencia de Gürtel. “El Partido Popular fue llamado a declarar en su condición de partícipe a título lucrativo sin que lo pidiera ninguna de las otras partes, como exige la Ley de Enjuiciamiento Civil”.

Además, el abogado Santos se queja también de varios “errores de apreciación” sobre el supuesto beneficio para el PP derivado del hecho de que la red corrupta pagara sus gastos de campaña. Por una parte, sostiene que no hay pruebas de que el dinero se destinara efectivamente a actos y suministros electorales, sino que en algunos casos encubrían servicios personales para el alcalde de Majadahonda en aquellos, Guillermo Ortega, condenado. Por otra, subraya que el Tribunal de Cuentas indicó que el PP podía haber accedido a más subvenciones públicas para sus actos de campaña.

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