Andalucía equipara a las víctimas de violencia sexual con las de género
Andalucía da un paso adelante con este cambio en la adaptación del llamado convenio de Estambul
Por ley. La víctima de violencia sexual será considerada víctima de violencia de género en Andalucía, con independencia de si su agresor era o no su pareja o expareja. Es una de las medidas que aprobará el miércoles el Parlamento andaluz en la revisión de su normativa autonómica contra violencia de género, aprobada en 2007. La equiparación permitirá a estas otras víctimas asistencia letrada durante 24 horas, acceder a servicios sociales o a recursos y ayudas públicas de educación, de vivienda o de salud, entre otras novedades.
Andalucía da un paso adelante con este cambio en la adaptación del llamado convenio de Estambul, un tratado europeo que España ratificó en 2014 pero cuyo contenido aún no ha trasladado a la normativa nacional. El convenio recopila todas las formas de violencia que pueden ejercerse contra la mujer por el mero hecho de serlo, tanto dentro como fuera de la pareja. Castilla-La Mancha es otra de las comunidades que tramita una adaptación a la normativa europea, aunque su proyecto está aún pendiente de aprobación.
La propuesta andaluza, a cuyos principales cambios ha tenido acceso este periódico, no va acompañada de memoria económica. Fuentes de la Consejería de Justicia aseguran, no obstante, que tiene garantizada la financiación en los Presupuestos. “Andalucía da un paso adelante. Fortalecemos nuestra lucha y damos mejor respuesta a las mujeres víctimas y a sus familias”, señaló Rosa Aguilar, consejera de Justicia, tras la inclusión de las enmiendas. Estas son otras novedades:
Sin atestado policial. Hasta ahora, para ser considerada como víctima y tener acceso a la atención y las ayudas era necesario acreditarlo por resolución judicial, mediante un informe fiscal o un atestado policial. Con este nuevo texto, se pueden gestionar también a través de certificados de los servicios sociales, sanitarios o de centros públicos de atención a víctimas. Además, valdrán informes de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
Más familiares. El concepto de víctima de violencia de género incluirá también a otros miembros del entorno familiar: personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia que estén sujetas a la tutela, guardia o custodia de la mujer agredida. Queda reglamentado también que las madres cuyos hijos hayan sido asesinados con la intención de dañarla, ya sea su pareja o expareja, sean también víctimas, un supuesto previsto en el nuevo pacto de Estado contra la violencia de género, aprobado en septiembre y para el que se acaban de librar los primeros 200 millones de euros anuales.
Prostitución y acoso. El nuevo texto detalla y amplía las cuatro formas de la violencia reconocidas; física, psicológica, económica y sexual. Se identifican así las agresiones y abusos sexuales contra las mujeres, la violencia contra sus derechos sexuales y reproductivos, la trata, el matrimonio precoz o forzado y las violencias originadas por la aplicación de tradiciones culturales que atenten contra sus derechos. También contempla en su normativa actos violentos como los feminicidios, el asesinato ejercido en el ámbito de la prostitución y la trata; el acoso sexual, “cualquiera que sea el ámbito en el que se produzca, incluido el laboral”, o la explotación sexual de mujeres y niñas y la mutilación genital femenina, “aún con consentimiento de la víctima”, avanza la consejería.
Formación especializada. “Queremos incidir fuertemente en la formación. Y que el personal de la Administración pública que preste atención a las víctimas esté formado en violencia de género de forma obligatoria”, señala la viceconsejera de Justicia, Isabel Mayo, que destaca que la ley promueve el rechazo de la sociedad hacia el agresor “para eliminar la posible sensación de impunidad”, así como protege la dignidad de las mujeres supervivientes. También se dispondrán cursos de formación para quienes prestan atención a los agresores y para el personal que pudiera formar parte de las comisiones de investigación y tratamiento de acoso sexual y acoso por razón de sexo.
Ciberviolencia. La ciberviolencia, la pornografía no consentida, los insultos y el acoso por motivos de género, la extorsión sexual, la difusión de imágenes de la víctima y las amenazas de violación y muerte son otros de los actos sobre los que legisla la normativa, que también contempla en sus disposiciones la violencia ejercida a través de los medios de comunicación o la publicidad.
Más investigación. La norma también tiene como objetivo potenciar la investigación, en la línea del ya publicado Estudio de los casos de víctimas mortales por violencia de género en Andalucía (2005-2015), que concluía que el maltratador mata en casa, a traición y con alevosía. Se incorporan también actuaciones dirigidas a la población masculina, con especial atención a los jóvenes, destinadas a reforzar la sensibilización y prevención de la violencia de género.
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