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La politización de la justicia

La Audiencia Nacional aparta al juez conservador González de los juicios de Gürtel

El tribunal acepta por nueve votos contra ocho la recusación del magistrado por falta de apariencia de imparcialidad

Fernando J. Pérez
El magistrado de la Audiencia Nacional Juan Pablo González, en 2015.
El magistrado de la Audiencia Nacional Juan Pablo González, en 2015. EFE

El juez de la Audiencia Nacional Juan Pablo González, de tendencia conservadora, no podrá participar en los juicios que quedan por celebrarse de las diferentes piezas del caso Gürtel de corrupción. El Pleno de la Sala de lo Penal, por nueve votos contra ocho, ha admitido las recusaciones que plantearon contra él los abogados de Izquierda Unida al entender que en el magistrado no ha apariencia de imparcialidad por “amistad manifiesta” con una de las partes del proceso, en este caso el PP. El magistrado no formará tribunal en el caso Bárcenas, sobre la caja b del partido, en los casos Aena y Gürtel Jerez y la causa sobre la visita del papa Benedicto XVI a Valencia.

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El pleno ha estado presidido por el magistrado Alfonso Guevara, que sustituyó a la presidenta de la Sala, Concepción Espejel, quien, junto con Enrique López, fue apartada del juicio de la pieza central del caso Gürtel. El tribunal, antes de la votación, ha rechazado que otros dos magistrados, Julio de Diego y Ramón Sáez, se abstuvieran en la decisión de apartar a Juan Pablo González.

Este magistrado, de tendencia conservadora, fue vocal del CGPJ a propuesta del PP entre 2001 y 2008. Además, participó en dos cursos de la fundación FAES, el antiguo vivero ideológico del PP, sobre terrorismo en los años 2003 y 2005. La Fiscalía Anticorrupción había informado a favor de su apartamiento de los juicios del caso Gürtel. González fue designado magistrado en el juicio sobre la visita del Papa después de que la presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Concepción Espejel, cambiara las normas de reparto de asuntos en el tribunal.

Las acusaciones populares recusaron a Juan Pablo González al considerar que en él se da la circunstancia de “amistad íntima o enemistad manifiesta” con cualquiera de las partes y que, por ello, tiene interés indirecto en la causa. La Fiscalía recordaba que esta “pérdida objetiva de imparcialidad” es “coincidente” con “lo admitido por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional” respecto de Espejel, por lo que no había "fundamento alguno para modificar el criterio mantenido” por el tribunal de apartar al magistrado.

La fiscalía sostenía que el PP fue “decisivo” en el nombramiento de González como vocal del CGPJ y como magistrado de enlace en Francia, cargo inmediatamente anterior a su destino, en comisión de servicio, en la Audiencia Nacional.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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