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Fractura hidráulica

El Supremo respalda el plan de ‘fracking’ en Guadalajara y Soria

El tribunal avala el proyecto Cronos que prevé prospecciones en 96.000 hectáreas

Reyes Rincón
Concentración contra el "fracking" ante la Diputación de Castellón
Concentración contra el "fracking" ante la Diputación de CastellónMARTÍ DOMENECH

El proyecto de fracking Cronos, situado entre las provincias de Guadalajara y Soria, podrá seguir adelante. El Tribunal Supremo ha avalado el permiso que el Gobierno concedió en 2013 al grupo Frontera Energy Corporation para la prospección de hidrocarburos mediante la polémica técnica de fractura hidráulica en 96.000 hectáreas y que fue recurrido por Ecologistas en Acción. La sala de lo Contencioso ha desestimado todos los argumentos de los ecologistas, que sostenían que el proyecto no incluía la evaluación ambiental preceptiva.

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La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Calvo, cree que no hay razones para anular el real decreto estatal por el que se reguló el permiso del proyecto. Los ecologistas, que pedían que se revocara la autorización, aseguran que el programa no contempla las medidas de protección requeridas en la Ley del Sector de Hidrocarburos, omite la evaluación ambiental e infringe la directiva sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos.

Sin esta documentación, el Gobierno no puede garantizar que el proyecto no cause impacto en las aguas superficiales y subterráneas y espacios naturales de la zona, aseguran los ecologistas. Pero el Supremo no acepta ninguna de sus alegaciones. Los jueces creen “suficientes” las medidas que recoge el documento que aportó la empresa y cita su propia jurisprudencia para afirmar que “no es exigible” que la evaluación ambiental estratégica o la declaración de impacto ambiental se presenten antes de que se conceda el permiso de investigación.

El proyecto dura seis años y tiene una inversión prevista de 15 millones de euros. Para la primera fase del programa solo se contemplan sondeos, sin utilizar aún la técnica de fracking y esta exploración, según el Supremo, no puede afectar “en nada” a los acuíferos subterráneos. “Solo en un momento posterior, en caso de que se decida perforar en determinadas localizaciones, habrán de obtenerse las correspondientes autorizaciones administrativas y de iniciarse el estudio de impacto medioambiental del sondeo a fin de adoptar las medidas de protección ambiental que se establezcan como necesarias”, concluyen los jueces.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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