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Pantoja logra el tercer grado, que le permitirá disfrutar de semilibertad

La Audiencia de Málaga concede a la cantante el beneficio tras pasar un año en la cárcel

Un año y dos semanas después de ingresar en prisión, Isabel Pantoja dejará de estar interna en el penal sevillano de Alcalá de Guadaíra y podrá cumplir el resto de condena en régimen de semilibertad. La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga, que la juzgó y penó por blanquear dinero del exalcalde Julián Muñoz, le ha concedido el tercer grado tras atender un recurso de su defensa. Algunas fuentes consultadas explican que el proceso puede ser rápido, aunque la junta de tratamiento de la prisión debe reunirse para tramitar esa progresión de grado (de segundo a tercero).

Este paso se dará previsiblemente el próximo jueves y será en esa reunión donde se decida la modalidad de semilibertad: la artista podría acudir a un centro de reinserción solo para dormir entre lunes y jueves, con los fines de semana libres; o quedar en libertad vigilada. Pantoja, informa Efe, disfrutará en los próximos días de un nuevo permiso, antes de que se materialice el tercer grado.

En un auto de siete páginas y tono neutro, el tribunal concluye que se dan todos los requisitos para que la cantante obtenga la semilibertad. Uno de los principales es que Pantoja, que ingresó en la cárcel el 21 de noviembre de 2014, ya ha superado la mitad de la condena de dos años. Concurren otras circunstancias como “buen comportamiento” desde el inicio, una “buena evolución personal” y un “correcto uso” de los permisos penitenciarios. La artista ha disfrutado de tres salidas ordinarias sin incidencias, además de una autorización extraordinaria de 20 días por enfermedad el pasado verano.

La sala no se limita a analizar su “conducta intramuros” y ahonda en otros aspectos recogidos en el Reglamento Penitenciario, relacionados con su entorno. Pantoja cuenta con “apoyo familiar”, posee ingresos de su actividad profesional y artística y está haciendo frente al pago de la multa impuesta por el delito de blanqueo, que asume en cuotas trimestrales. De momento ha abonado 748.148,96 euros del total de 1,14 millones que le impuso el tribunal.

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El informe emitido por los distintos profesionales de la prisión indica, además, que la cantante ha tomado conciencia de “la responsabilidad del delito”, un factor “absolutamente esencial” para favorecer el régimen de semilibertad. “Solo cuando personalmente la penada asume su responsabilidad, el peligro de recaída en otros episodios delictivos se aleja de forma rotunda”, argumenta el auto, del que ha sido ponente la magistrada Carmen Soriano.

Otro aspecto favorable, según la Sección Segunda, es que la reforma penal que entró en vigor el pasado 1 de julio prevé un supuesto de libertad condicional excepcional para “delincuentes primarios” con condenas de prisión no superiores a tres años (como es el caso), que hayan extinguido la mitad de su pena y cumplan “el resto de requisitos básicos”.

La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga ha negado en dos ocasiones a Pantoja suspender su pena de prisión y que pudiera beneficiarse de la libertad condicional, pese a que no superaba los 24 meses y no tenía antecedentes penales. Lo hizo porque se trataba de un delito “muy grave”, vinculado a la corrupción política, y su decisión debía “servir de freno” para acciones similares futuras. Es decir, pretendía que se diera ejemplo.

El tribunal, en el auto notificado este viernes, cita estas dos resoluciones, sin profundizar en ellas, y justifica que la clasificación “prematura” en tercer grado de un condenado “puede afectar a los fines de la pena y conseguir pervertirlos”, más si se trata de un delito de blanqueo. Se podría “proyectar” a la sociedad, precisa, “la sensación de vaciamiento, cuando no impunidad”.

La reflexión es que los jueces no pueden obviar “la realidad social del tiempo” en que una condena se ejecuta y se cumple, pero eso no significa que “deban estar sometidos a los vaivenes de la sensible y mediatizada opinión pública”. Ante esta situación, las razones para primar “los intereses particulares de la interna sobre los generales de la sociedad” deben ser “poderosas”, y el tribunal entiende que las circunstancias actuales de Pantoja la hacen “merecedora” del progreso a tercer grado.

Esta decisión era previsible tras el informe favorable emitido por la fiscalía el pasado 25 de noviembre, que contenía argumentos muy similares a los alegados ahora por la Audiencia de Málaga.

Este auto revoca el dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Sevilla que denegó la semilibertad a Pantoja el pasado 21 de septiembre, decisión recurrida por la defensa de la artista. La resolución invalidada basaba su negativa en “la gravedad” del delito y reprochaba a la artista que hubiera mantenido su actividad delictiva “a lo largo de varios años, movida únicamente por el afán de lucro, a costa del caudal público”.

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