De la Mata cierra la investigación de la rama jerezana del ‘caso Gürtel’
El juez propone juzgar a nueve personas por los tratos del Ayuntamiento con la trama
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dado por concluida la investigación sobre la rama del caso Gürtel centrada en el Ayuntamiento de Jerez. El magistrado, en una resolución conocida este jueves, propone llevar a juicio a nueve personas, entre las que no se encuentra la exalcaldesa jerezana y senadora del PP María José García Pelayo, cuya causa está en el Tribunal Supremo. La pieza separada investiga la contratación directa de las empresas de Francisco Correa para el stand de Jerez en Fitur en 2004 y la celebración de un espectáculo ecuestre en la Plaza Mayor y uno de flamenco en el parque madrileño del Retiro con motivo de la feria turística. El importe de los contratos era de 355.391 euros.
De la Mata relata en su auto la "grosera ilegalidad" que supuestamente cometió Jerez en la contratación de las empresas de Correa. Las sociedades del cerebro de Gürtel prestaron sus servicios sin que existiera una adjudicación formal para ello por parte del Instituto de Promoción y Desarrollo de la ciudad de Jerez (IPDC), un órgano que, además, no era el competente para ello. Y según explica el magistrado, los contratos y demás documentos administrativos fueron elaborados una vez finalizada Fitur 2004. Los contratos se lanzaron sin concurso público y, en algunos casos, como contratos menores y sin publicidad.
El juez individualiza las conductas de los imputados, entre otros, el entonces secretario del Ayuntamiento de Jerez y las dos interventoras del Consistorio, a quienes les imputa el suscribir distintos documentos administrativos para dar apariencia de legalidad a toda la actuación investigada. Las empresas adjudicatarias elaboraron los presupuestos de los tres contratos y presentaron sus ofertas con posterioridad a la celebración de Fitur 2004 y, por tanto, con posterioridad a la propia prestación de sus servicios, con lo que se demuestra que los expedientes administrativos "se construyeron" en realidad en febrero de 2004 y que "todas las fechas consignadas en todos los documentos obrantes en los mismos son falsas".
Los hechos relatados encajan, según el juez, en un delito de prevaricación continuada, en tanto que se produjeron actos administrativos decisorios, "objetivamente arbitrarios, todos ellos esenciales, que ampararon una situación en la que se prescindió total y completamente del procedimiento establecido por ley". Un delito que, en sentido estricto, se imputa a las personas indicadas en la definición legal, pero que también se puede atribuir como cooperador necesario a quien con sus actos realiza aportes sin los cuales los hechos no se hubieran podido cometer.
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