El juez archiva la investigación de los tuits del líder de Def con Dos
De la Mata sí ve delito en los mensajes contra la Corona de una edil de Guanyem Alicante
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha archivado la causa abierta contra el líder del grupo Def con Dos, César Montaña Lehmann, más conocido como César Strawberry, al que la fiscalía atribuía un delito continuado de enaltecimiento del terrorismo y vejación a las víctimas por comentarios publicados en su cuenta de Twitter. En un auto dictado este viernes, el juez concluye que los ocho mensajes identificados a lo largo de tres años de actividad en las redes sociales que se estaban investigando no indican una "conducta habitual o reiterada" de ensalzar el terrorismo. En otro auto, De la Mata ha acordado continuar el procedimiento abierto contra la concejal de Guanyem Alicante Marisol Moreno por injurias continuadas a la Corona porque, advierte el magistrado, la Constitución no reconoce un derecho al insulto.
Los dos autos dictados este viernes por el titular del Juzgado de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional contextualizan los derechos y los límites a la hora de analizar las expresiones vertidas en las redes sociales. En el caso de Strawberry el juez concluye que solo puede acreditarse es que "desde su particular concepción del arte y la cultura" el líder de Def con Dos ha mostrado en público su compromiso social con distintas causas, "expresándose, eso sí, desde una estética provocadora, irónica y sarcástica, buscando generar en los receptores perturbación, disconformidad o escándalo".
Entre los mensajes que investigaba la Audiencia estaban: "Cuántos deberían de seguir el vuelo de Carrero Blanco"; "a Ortega Lara habría que secuestrarle ahora", en referencia a su militancia en Vox; y "Street fighter edición post-ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina". Durante la instrucción, la defensa del músico presentó en la Audiencia Nacional numerosa documentación en la que acredita que su cliente ha mostrado a lo largo de su obra artística su rechazo a la violencia de la banda terrorista ETA. De la mata entiende que no hay "una patente de corso" para que nadie pueda manifestarse "irresponsable e impunemente", pero sí que hay que analizar cuál es la finalidad pretendida con cada comentario y, en este caso, las expresiones utilizadas no manifestaban admiración por ninguna organización terrorista, ni justificaban sus conductas.
El músico fue detenido en Madrid el pasado mayo durante la Operación Araña, desarrollada por la Guardia Civil en varias ciudades y en la que fueron detenidas otras 18 personas acusadas por enaltecimiento del terrorismo en las redes sociales. Un informe posterior del departamento de Análisis Forense de la Jefatura de Información de la Guardia Civil concluyó que los mensajes investigados no fueron escritos desde el teléfono móvil del Strawberry.
En el caso de la concejal de Guanyem Alicante de Guay Marisol Moreno, el juez considera que las frases y expresiones dirigidas al entonces rey Juan Carlos I, (entre otras "Borbones asesinos", "hijo de puta", "familia de vagos", "estafadores" y "borrachos y asesinos") son "absolutamente vejatorias, ofensivas, constituyen insultos directos, sin matiz ni interpretación alternativa alguna y resultan completamente impertinentes para expresar las opiniones de que se trataba". De la Mata propone abrir juicio oral contra la edil y da 10 días de plazo al fiscal y a la defensa para pedir la apertura de juicio o el archivo del caso.
De la Mata argumenta que es perfectamente legítimo que la imputada quisiera expresar "la posición más hostil posible" a la institución monárquica y que incluso por su radical activismo animalista quisiera exponer con toda dureza su repulsión ante las imágenes del Rey posando ante un elefante muerto. Incluso teniendo en cuenta su personaje "artístico" en un blog en clave de humor, esas expresiones, según de la Mata resultaban impertinentes e innecesarias para expresar sus ideas porque la Constitución "no reconoce un derecho al insulto" y por tanto excluye las expresiones absolutamente vejatorias, las que, al margen de sean o no veraces, resulten ofensivas y resulten impertinentes para expresar las opiniones de que se trate.
La fiscalía atribuía además a la concejal un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas por críticas vertidas contra varios políticos. En este caso, el juez sí ha optado por archivar la investigación porque esas expresiones se enmarcaban en su blog de crítica política radical, dentro de su carácter de activista social y política. Esas manifestaciones pudieron ser exageradas e inmoderadas, virulentas y hostiles, "pero no dejaban de ser expresiones dirigidas al fin legítimo de toda contienda política, que es contribuir a formar una opinión pública libre".
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