Declarado culpable de asesinato el acusado del doble crimen en Laredo
El veredicto del jurado ha sido unánime y el fiscal ha pedido que se condene al agresor a 40 años de prisión
Un jurado popular ha declarado este jueves culpable de dos delitos de asesinato al hombre que, en agosto de 2014, acabó con un cuchillo con la vida de una mujer y su padre, naturales de Llodio (Álava), en la playa Salvé, del municipio cántabro de Laredo. El fiscal ha pedido que se aplique a M. I. R. —en prisión desde que ocurrieron los hechos— la pena máxima prevista en el Código Penal para el delito de asesinato, es decir, 20 años por cada una de las víctimas, 40 años de prisión.
Tras poco más de dos horas de deliberación, los nueve miembros del jurado han considerado por unanimidad que el acusado asesinó a Mercedes y Gabino porque ninguno tuvo posibilidad de defenderse de su "repentino y sorpresivo ataque" con el que se "garantizó el resultado mortal".
De este modo, el jurado ha apoyado la petición de la acusación, que calificaba los hechos como dos asesinatos, mientras que la fiscalía consideraba asesinato el caso de Mercedes y homicidio el de Gabino. La defensa de M. I. R. sostenía que los dos eran homicidios.
La petición de 40 años de prisión es la que ha mantenido la acusación particular, que representa a la familia de las víctimas, durante todo el juicio que se ha desarrollado desde el lunes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria.
Tanto el fiscal como el abogado de la familia de Mercedes y Gabino han pedido a la magistrada que aplique la pena máxima debido a "la gravedad de los hechos, la peligrosidad del acusado, la falta de arrepentimiento y la simultaneidad en la muerte de las dos víctimas de una misma familia".
Por su parte, la defensa ha considerado "exageradísimo" que las otras partes pidan la aplicación de la pena en "su extensión máxima" y, dado que defendía la calificación de los hechos como homicidio, ha pedido que se pene el delito de asesinato en su grado mínimo, que son 15 años, el mismo periodo que el máximo por homicidio.
Apuñalamiento múltiple
El jurado ha considerado probado por unanimidad que la tarde del 17 de agosto de 2014, sobre las 18.20, M. I. R. se encontraba en la playa Salvé en el mismo momento en que Mercedes y Gabino abandonaban el arenal por una de las pasarelas de acceso. En ese momento, y según los hechos considerados probados por los nueve jurados, el ya culpable, de "forma sorpresiva e inesperada" y sabiendo que Mercedes "no tendría posibilidad de defenderse de su ataque", se acercó a ella y utilizando un cuchillo que llevaba consigo y que medía aproximadamente 26 centímetros —14,5 de hoja— "comenzó a acuchillarla de forma reiterada, privándola de la posibilidad de defenderse".
Basándose en los relatos de los testigos presenciales que han declarado durante las tres sesiones del juicio, el jurado cree que Gabino, al ver M. I. R. acuchillar a su hija, "intentó apartarle de ella, pero el acusado le apuñaló en la zona del mentón, hombro y cuello sin que tuviera ninguna posibilidad de defenderse".
A consecuencia de las cuchilladas, Mercedes sufrió unas 18 heridas, "alguna de las cuales penetró en la cavidad torácica y llegó a atravesar los pulmones, seccionando incluso las costillas, lo que le provocó la muerte". La mujer falleció en torno a las 19.00 por un shock hemorrágico e hipovolémico.
Según los informes forenses, el jurado ha considerado probado que Gabino también murió por las cuchilladas que le asestó el acusado, en concreto tres y una de las cuales "le seccionó parcialmente la tráquea y totalmente la vena yugular interna", falleciendo sobre las 20.30 en el hospital.
Sin pruebas de enfermedad
A pesar de que la defensa de M. I. R. ha tirado de sus antecedentes psicopáticos y de toxicomanía para defender que sufrió "alucinaciones" y que "no recuerda" los hechos, el jurado ha considerado que no hay ninguna prueba que acredite que este hombre tenga alguna enfermedad.
Por ello, ha declarado probado por unanimidad que, en el momento de los hechos, "tenía plenamente conservadas" sus facultades cognitivas y volitivas, siendo "consciente de sus actos y manteniendo la capacidad de controlar sus impulsos".
Precisamente por ello, los nueve miembros del jurado también han acordado por unanimidad que a M. I. R. no se le concedan beneficios de suspensión de las penas de prisión que se le impongan, tampoco debe solicitarse el indulto, ni total ni parcial.
Tras la lectura del veredicto, las partes han defendido sus peticiones de pena y el fiscal ha insistido en que en este caso cabe la pena máxima por asesinato, ya que M. I. R. no solo muestra "ausencia de arrepentimiento" diciendo que no se siente "moralmente responsable" de las muertes de Mercedes y Gabino, sino que es "una persona muy peligrosa" debido a que, aunque lo niegue, cometió los crímenes de forma "consciente".
Además de 40 años de prisión, el fiscal ha pedido 30 años de orden de alejamiento a la familia de las víctimas, la madre y esposa y los hermanos e hijos de Mercedes y Gabino, para los que pide una indemnización de 315.000 euros por daños morales.
La acusación particular eleva la indemnización hasta los 500.000 euros por "el daño moral irreparable" de dar muerte de forma simultánea a dos miembros de la familia y, además de los mismos años de prisión y de orden de alejamiento, solicita que M. I. R. no pueda regresar a Laredo por un periodo de cinco años una vez que salga de la cárcel.
La defensa, por su parte, además de rebajar la petición de pena por los dos asesinatos de 40 a 30 años, considera que el acusado solo debe indemnizar a la mujer y madre de las víctimas, con una cuantía de unos 200.000 euros, y no al resto de familiares.
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