La Audiencia de Sevilla devuelve a Ruiz de Lopera el control del Betis
Los jueces anulan las medidas cautelares que Mercedes Alaya impuso al empresario
La Audiencia de Sevilla ha anulado las medidas cautelares que impuso la juez Mercedes Alaya sobre el Betis, por lo que el club volverá previsiblemente a manos del empresario Manuel Ruiz de Lopera después de que en 2010 la magistrada nombrara una administración judicial para dirigir el Betis. Un año antes, 65.000 aficionados béticos se manifestaron por el centro de Sevilla para exigir la salida del club de Lopera. Tras su abandono forzado por la justicia, ahora un lustro después son los propios tribunales los que devuelve el control del club al empresario.
La decisión supone un giro total en el caso Betis, aunque el retraso de cinco años para decidir por parte de la Audiencia deja en evidencia la lentitud de la justicia. Hasta ahora la Audiencia había apoyado la instrucción de Alaya, investigación cuyas conclusiones ahora cuestiona, y da la razón a la fiscalía, que había pedido de manera reiterada que Lopera recuperara sus acciones. Como estas suponen el 51% del total, el control del empresario sobre la gestión del club echará a andar el próximo 31 de julio.
El auto de la Audiencia, de cuya Sala Primera debió salir el magistrado recusado Juan Antonio Calle, anula la prohibición de disponer de las acciones tituladas por Farusa [empresa de Lopera], alza la suspensión de los derechos políticos "y consecuente administración judicial", además de anular la inhabilitación para el ejercicio de las funciones de consejero delegado o cualquier cargo por parte de Lopera o sus allegados.
La decisión apoya parcialmente el recurso de Lopera y la fiscalía, que habían pedido el levantamiento de medidas cautelares que impuso Alaya. Eso sí, mantiene la fianza de 33 millones y el embargo sobre las acciones para asegurar la responsabilidad civil, por lo que Lopera no podrá vender ni traspasar sus acciones. "La medida cautelar ha resultado idónea y proporcionada (...) ante la existencia de indicios de criminalidad, indicios que se mantienen una vez finalizada la fase de instrucción", subraya el auto. Los jueces hacen hincapié en que dada la "complejidad de la causa" y que la sentencia final se retrasará aún unos años, mantener las medidas cautelares adoptadas "resultaría desproporcionado".
"La finalidad de reiteración delictiva no justifica el mantenimiento de la medida visto el tiempo transcurrido (...) dicho mantenimiento podría suponer una suerte de anticipación de la pena", concluyen los jueces en su resolución. Tras apartar al magistrado Calle del caso por su parentesco con un representante de una de las partes personadas, ahora la Audiencia resuelve que sus 48 decisiones que apoyaron la instrucción de Alaya no deben ser anuladas. "Los autos cuya nulidad se interesa son firmes, intangibles e inmutables, sin que se proceda hacer nuevas o adicionales valoraciones a lo ya resuelto", concluyen los magistrados.
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