De la Mata rechaza enviar el ‘caso Bárcenas’ a los juzgados ordinarios
El juez replica al arquitecto Urquijo que las partes han estado siempre de acuerdo con la competencia de la Audiencia Nacional
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha rechazado la pretensión del arquitecto que realizó la reforma de la sede nacional del PP, en la calle Génova 13, de que el caso sobre la caja b de la formación conservadora se juzgue en los juzgados ordinarios. En una resolución notificada este lunes, el magistrado ha desestimado el escrito de la defensa del arquitecto Gonzalo Urquijo, que pretendía que el llamado caso Bárcenas saliera de la Audiencia Nacional y se envíe a los juzgados de la Plaza de Castilla de Madrid para que sea enjuiciado en la Audiencia Provincial de Madrid. Urquijo está acusado de cobrar 1,5 millones de euros en dinero negro de la contabilidad paralela del PP que gestionaban supuestamente los extesoreros Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta.
El pasado 1 de junio, los abogados de Urquijo presentaron una cuestión de competencia en la Audiencia Nacional. Los letrados basaron su alegato en en la doctrina más reciente de la propia Audiencia Nacional. El pasado 22 de mayo, la Sección Tercera de la Audiencia decidió que el juicio contra el presidente de FC Barcelona Josep Maria Bartomeu, su antecesor, Sandro Rosell y el propio club como persona jurídica se celebre en la capital catalana. La Sección entendió que la defraudación fiscal derivada del fichaje de Neymar –más de 13 millones de euros- no produjo una grave repercusión en el tráfico mercantil ni en la economía nacional, criterios que otorgan la competencia de la Audiencia Nacional en los delitos contra la Hacienda Pública.
El juez De la Mata niega que la atribución de la competencia del caso Bárcenas a la Audienica Nacional sea “arbitraria o irrazonable” como denunciaba en su escrito la defensa de Urquijo. El magistrado recuerda que la causa recayó en la Audiencia “con la aquiescencia de las partes” y que los abogados del arquitecto han instado la práctica de las diligencias que han creído “convenientes para sus intereses” sin cuestionar la competencia del Juzgado Central de Instrucción número 5.
De la Mata sostiene, asimismo que tanto en la pieza separada del caso Bárcenas como en la primera parte del caso Gürtel del que deriva aquel, el objeto de la causa es “el mismo”: relaciones entre el PP y distintas empresas proveedoras de servicios que mantenían relaciones personales de confianza con responsables políticos nacionales y regionales del partido.
Estas relaciones crearon “un flujo de comisiones ilegales para distintos cargos públicos” y “una prestación de servicios y recursos económicos al PP, algunos de los cuales quedaron parcialmente ocultos al circuito económico legal, al cumplimiento de las obligaciones tributarias y al control y fiscalización del Tribunal de Cuentas”. Todo ello se produjo, recuerda el juez “mediante la adjudicación irregular de contratos públicos, la simulación de contratos, la donación de fondos para conseguir contratos y la falsificación documental para ocultar pagos”,
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