A los 13 años no hay responsabilidad penal
La Administración puede “promover las medidas de protección adecuadas”
La Ley del Menor impide perseguir penalmente a las personas menores de 14 años que cometen delitos. La norma que regula la responsabilidad penal de los menores data del año 2000 y especifica, en su título preliminar, que se aprueba para delimitar las medidas que pueden exigirse solamente “a las personas mayores de 14 años y menores de 18 años por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal”.
El alumno que ha matado a un profesor en Barcelona tiene 13 años y es, por tanto, inimputable, por lo que ni siquiera podrá ser detenido por la policía. Según la legislación, a esa edad tan temprana deben buscarse soluciones en los ámbitos educativo y familiar, pero no en el penal. No están previstas para esa franja de edad, por lo tanto, medidas como el internamiento.
La Ley del Menor también especifica que, en el caso de los menores de 14 años, la Fiscalía “ha de remitir a la entidad pública de protección de menores toda la información necesaria” sobre el menor para “valorar su situación”. Esa entidad pública -en Cataluña, la Dirección General de Atención a la Infancia y a la Adolescencia- es la que deberá “promover las medidas de protección adecuadas a sus circunstancias”.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), por su parte, ha informado esta mañana de que el juzgado de instrucción número 24 de Barcelona -que se encuentra de guardia- ha abierto diligencias para investigar los hechos. El juez y el secretario se han desplazado al lugar del suceso, en la avenida Meridiana de Barcelona, para proceder al levantamiento del cadáver.
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