El Supremo pide que se regulen los viajes de diputados y senadores
El tribunal archiva la querella por los vuelos de Monago a Canarias, pero reclama una norma “precisa” sobre los desplazamientos
El Tribunal Supremo ha archivado la querella contra el presidente de la Junta de Extremadura, José Antonio Monago, por los viajes a Tenerife que realizó con cargo al Senado entre el 3 de mayo de 2009 y el 4 de noviembre de 2010. Los jueces no advierten que exista delito en este caso, pero aprovechan para pedir a las Cortes una mejor regulación del uso de fondos públicos para los desplazamientos de los diputados y senadores, con el objetivo de evitar que, como ocurrió en el caso de Monago, surjan dudas sobre si los viajes son de trabajo o privados.
La querella que ha archivado el Supremo fue presentada por la Asociación Pro Justicia Siglo XXI, que atribuía al presidente extremeño un posible delito de malversación de caudales públicos. La Sala de lo Penal no aprecia delito porque el propio grupo parlamentario del PP en el Senado emitió un comunicado en el que respaldaba las explicaciones de Monago, que aseguró que los 32 vuelos realizados a Canarias pagados con fondos públicos eran de trabajo. Según las explicaciones del PP, el presidente extremeño tenía asignadas como senador labores de apoyo en las comunidades autónomas de Canarias y Andalucía, además de las de Extremadura, por lo que los populares descartaban que Monago hubiera incurrido en un delito de malversación de caudales públicos.
El auto del Supremo, del que ha sido ponente el magistrado y ex fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido, remite al contenido del artículo 24.1 del Reglamento del Senado, que autoriza el pago de los gastos de viaje con cargo al presupuesto de la Cámara. Además, incide en que no se puede afirmar que los viajes de Monago hayan sido fruto de una actividad “ajena a esta función pública”, ya que tenía “una norma de cobertura”.
Pero aunque no ven delito, los magistrados aprovechan para pedir al Congreso y al Senado “una regulación suficientemente precisa” del uso de dinero público en los viajes de los cargos públicos. Con ello se evitaría, según el Supremo, “cualquier duda en el ámbito de la opinión pública acerca del empleo correcto de los fondos públicos en los viajes realizados por los parlamentarios”.
Esta regulación que reclaman los jueces también serviría, según el tribunal, para evitar confusiones entre viajes oficiales y desplazamientos privados. “La confianza de los ciudadanos en el buen funcionamiento del sistema de representación política constituye la base del Estado de derecho”, advierte el auto, firmado, además de por Conde-Pumpido, por el presidente de la sala de lo Penal, Manuel Marchena, y los magistrados Joaquín Jiménez, Alberto Jorge Barreiro y Antonio del Moral.
El tribunal no da más pistas de los aspectos que deberían regularse para garantizar el buen uso del dinero público en los viajes de los políticos y ni siquiera alude a la fórmula acordada por el PP y el PSOE unos días después de que se conocieran los 32 viajes de Monago a Canarias. Los jueces le limitan a pedir una regulación “suficientemente precisa”.
El acuerdo que adoptaron en noviembre en el Congreso socialistas y populares pasa por que cada grupo controle los viajes de sus diputados y cada tres meses se publique el importe global de los desplazamientos, sin desglosar por parlamentarios ni por partido. Este pacto supone solo un cambio mínimo sobre el sistema que se aplica desde 1978, que ni siquiera obliga a los diputados a especificar el motivo de su viaje. Algunos de los grupos minoritarios reclamaron una regulación más amplia y se comprometieron a crear su propio sistema de control.
Según el acuerdo entre el PP y el PSOE, los diputados tendrán que hacer constar si el viaje es a su circunscripción, si es oficial o si es a un acto de partido. Para el primero no hay control porque el desplazamiento es en ejercico del cargo público; para el segundo, el control ya lo ejerce la Mesa, que debe autorizar esos trayectos y las dietas correspondientes; y para los actos de partido, la regulación actual acepta que los diputados puedan desplazarse libremente y es el grupo parlamentario el que debe avalar al diputado. Si en 15 días no hay aval del grupo, se obliga al parlamentario a devolver el importe.
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