Ruz abre juicio por la corrupción urbanística del ‘caso Pretoria’
Los 11 procesados, entre ellos ex altos cargos de CiU, tendrán que aportar 102 millones
El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha decretado la apertura de juicio oral para 11 imputados por el caso Pretoria, la red de corrupción política y urbanística destapada en municipios del área metropolitana de Barcelona en el año 2009. En un auto, resolución razonada, emitido este miércoles, el magistrado impone fianzas por valor de 102,6 millones de euros a los procesados, entre ellos los ex altos cargos de CiU Macià Alavedra y Lluís Prenafeta, para quienes el fiscal pide una pena de seis años y diez meses de prisión por tráfico de influencias y blanqueo de capitales.
La fianza más alta, 30,1 millones, se impone al exdiputado autonómico del PSC Luis Andrés García, Luigi, considerado el cerebro de la trama corrupta, y para quien el fiscal reclama penas de ocho años de prisión por tres delitos de tráfico de influencia y blanqueo de capitales. El exalcalde de Santa Coloma de Gramenet, el socialista Bartolomé Muñoz, deberá depositar 5,6 millones.
En el caso Pretoria se investigan, entre otros hechos, tres grandes pelotazos urbanísticos con suelos públicos en Santa Coloma de Gramenet, Badalona y Sant Andreu de Llavaneres (Barcelona). El exdiputado autonómico García Sáez medió para comprar los terrenos municipales, obtener su recalificación urbanística y venderlos posteriormente con un sobreprecio. Según el fiscal, Alavedra obtuvo unas ganancias ilícitas de 3,24 millones, y Prenafeta, de 5,83 millones. Por su parte, Luigi obtuvo con sus manejos irregulares 5,8 millones de euros y el exalcalde de Santa Coloma ganó 1,2 millones de euros, según el fiscal.
El ministerio público sostiene que Luigi, diputado autonómico entre 1980 y 1988, desempeñó un “papel fundamental” en la trama corrupta como “conseguidor o facilitador e intermediario”. Según el escrito, era “notoria la relación e influencia que ejercía sobre los cargos públicos integrantes de los órganos decisorios de las adjudicaciones públicas”. Además, los empresarios daban como un “hecho asumido” que “para resultar adjudicatarios, debían contar con la autorización mediata de Luis Andrés García”.
Según el fiscal, Luigi mantenía con el que fue alcalde de Santa Coloma entre 1995 y 2009, Bartolomé Muñoz, “una relación personal y profesional tan fluida e intensa que, de facto, era Luis Andrés García quien dirigía y tomaba muchas de las decisiones urbanísticas de este Ayuntamiento”. La relación estrecha se ampliaba al entonces concejal de Urbanismo, Manuel Dobarco, quien, afirma el fiscal, “contribuyó eficazmente, gracias a la presión que desde su posición de jerarquía ejerció sobre distintos técnicos municipales intervinientes en la adjudicación pública realizada en la llamada Operación Pallaresa, a la comisión de las múltiples irregularidades administrativas”.
Sobre Prenafeta –secretario de la Presidencia de la Generalitat entre 1980 y 1990- y Alavedra –conseller de Economía desde 1990 hasta 1997-, el fiscal sostiene que desempeñaron “un papel relevante en la actividad delictiva desplegada en los municipios de San Andrés de Llavaneras y Badalona”. El fiscal recuerda que ambos mantenían “una estrecha relación personal” con el entonces presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, y que ambos “sabedores de la facilidad con la que se movía Luis Andrés García en estos municipios y del ascendiente e influencia que también ellos ejercían sobre determinados cargos públicos de Cataluña”, se concertaron con él para influir en los tiempos del desarrollo urbanístico y las adjudicaciones de terrenos. Ello les permitió “recibir ilícitas comisiones procedentes de los empresarios que, gracias a sus influencias, lograron las adjudicaciones en estos municipios”.
Prenafeta deberá consignar 18,3 millones; Alavedra, 13,7; Maria Lluisa Mas Crusells, esposa de Prenafeta, deberá depositar 12,6 millones. Las fianzas, que deberán depositarse en un plazo de 10 días, cubren las posibles multas que solicitan las acusaciones incrementadas en un tercio. El auto designa a la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional como competente para enjuiciar estos hechos.
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