La infanta Cristina se apoya en el escrito fiscal para pedir el archivo
Los abogados creen que debe aplicarse la 'doctrina Botín' y no abrir juicio contra ella
Los abogados de la infanta Cristina han presentado ante el juez José Castro un escrito de 16 páginas para pedir que se archive la causa contra ella por dos delitos fiscales. La petición se apoya en la tesis de la Fiscalía -que no ha acusado a la infanta, aunque sí la ve responsable civil de los delitos de su marido- y, también, en la llamada doctrina Botín, que impide abrir juicio oral en un procedimiento por delitos contra la hacienda pública si solo pide cárcel la acusación popular.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado consideran, en sus escritos de acusación, que la infanta no cometió ningún delito. El fiscal sí le reclama casi 600.000 euros haberse beneficiado, a título lucrativo, de los delitos que atribuye únicamente a su marido, Iñaki Urdangarin. La Infanta ya ha anunciado que pagará de forma “inmediata” esa cantidad para cubrir su responsabilidad civil. Los abogados Miquel Roca y Jesús Silva recuerdan que la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé que el juez acuerde el sobreseimiento en los casos en los que la Fiscalía y la acusación particular, que ejerce la Abogacía del Estado en defensa de los intereses de Hacienda, no acusen.
Los abogados de la Infanta creen que ese precepto “no otorga ningún margen de interpretación” y debe entenderse de forma “literal o gramatical”, según el escrito de defensa, al que ha tenido acceso EL PAÍS. Esa interpretación es, añaden, la más “acorde en términos de garantías constitucionales” y del “derecho a un proceso con todas las garantías”.
El segundo motivo que alegan los abogados y que está íntimamente relacionado con el anterior es la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la apertura de juicio oral en casos similares. El texto cita, explícitamente, la sentencia sobre el caso Botín, de 2007. “Como es público y notorio tanto en medios jurídicos como incluso en medios de comunicación”, sigue el escrito, la sentencia fijó que no podía abrirse juicio oral contra el banquero fallecido Emilio Botín por un delito contra la hacienda pública “solo a instancias de la acusación popular”.
En el caso Nóos, la acusación popular la ejerce el sindicato Manos Limpias, el único que mantiene la acusación contra Doña Cristina por dos delitos contra la Hacienda pública. Los abogados de la infanta recuerdan que la llamada doctrina Botín “no ha sido en ningún momento modificada por la jurisprudencia”, sino reforzada por las sentencias de, al menos, cuatro audiencias provinciales.
La defensa alude también a la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso Atutxa, de 2008. Aquella resolución sostenía que, para el caso de un delito de desobediencia a la autoridad judicial, la acusación popular está legitimada para pedir, “en solitario”, la apertura de juicio oral siempre y cuando no se haya personado la acusación particular, o sea el perjudicado. Esa sentencia, sostienen Roca y Silva, “en absoluto revoca” la doctrina Botín. Ésta es perfectamente aplicable, añaden, al caso Nóos. Uno y otro caso “no son sustancialmente distintos”.
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