El juez Ruz rechaza por quinta vez poner en libertad a Bárcenas
El magistrado dice que el freno cautelar de Suiza al uso de la documentación bancaria no afecta a la medida de prisión
El extesorero del PP Luis Bárcenas no ve la puerta de salida de la cárcel. El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha denegado este miércoles por quinta vez la puesta en libertad provisional para el antiguo ejecutivo de Génova 13, autor confeso de una contabilidad paralela de la formación conservadora en la que anotó ingresos de 7,5 millones de euros en dinero negro entre 1990 y 2008. El magistrado, en un auto –resolución judicial razonada- de 17 páginas, expone que al estar próximo el juicio de la pieza troncal del caso Gürtel y habiendo indicios de que Bárcenas conserva “un importante patrimonio indiciariamente ligado a su actividad presuntamente delictiva, fuera de nuestras fronteras”, la prisión provisional es la “única medida posible” para “neutralizar el “riesgo de fuga” del extesorero.
Desde que Bárcenas entró en prisión preventiva el 27 de junio de 2013, su abogado, Javier Gómez de Liaño, ha solicitado su puesta en libertad en cinco ocasiones y ha obtenido de Ruz –y de la Sala de lo Penal de la Audiencia- otras tantas negativas. En el último de los recursos presentados, Gómez de Liaño solicitaba la excarcelación en atención a tres causas principales: la “práctica conclusión de la instrucción” del caso Gürtel; un informe policial que, según el letrado, desvirtúa el delito de apropiación indebida de 149.600 euros del PP para comprar acciones de Libertad Digital que se imputa a Bárcenas; y el freno provisional que ha dado Suiza al uso de la documentación bancaria del extesorero hasta que se subsane un defecto legal cometido por las autoridades helvéticas.
El juez Ruz, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, rechaza los argumentos de la defensa de Bárcenas. Según el magistrado, siguen vigentes los indicios de participación del antiguo ejecutivo de Génova 12 en delitos fiscales, de blanqueo de capitales, apropiación indebida, falsedad y estafa procesal en grado de tentativa. Además, “permanece igualmente vigente” la fianza civil de 43,25 millones de euros que Ruz impuso a Bárcenas –y confirmó la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia- en julio de 2013 y que ha supuesto el embargo de los bienes conocidos del extesorero popular.
El magistrado, tras hacer un repaso de toda la investigación patrimonial y bancaria efectuada sobre Bárcenas y su esposa, Rosalía Iglesias, anuncia en el auto que las autoridades de Bermuda, paraíso fiscal, han dado luz verde a la investigación sobre el traspaso de 200.000 dólares en agosto de 2009 desde una cuenta suiza vinculada a Bárcenas a la cuenta de una entidad domiciliada en esa isla del Atlántico Norte.
Respecto a la decisión de la justicia suiza de paralizar cautelarmente la autorización para el uso de la documentación bancaria de Bárcenas, que fue esgrimida por el abogado para solicitar la libertad de su cliente, el juez Ruz no cede. El instructor recuerda que la justicia helvética deberá pronunciarse sobre la documentación una tras escuchar a los abogados suizos de Bárcenas, trámite que obviaron con anterioridad y que provocó la anulación de la autorización. El magistrado insiste en la idea de que, incluso en el caso de que, escuchado Bárcenas, Suiza decidiera vetar el uso de la documentación bancaria para juzgarle por delito fiscal, “son múltiples los restantes indicios existentes en la instrucción que no resultarían afectados por aquella resolución” y que aconsejan mantener al extesorero en prisión.
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