El Constitucional mantendrá a Otegi en la cárcel
El tribunal le negará el amparo por un solo voto de diferencia
El Tribunal Constitucional negará al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi el amparo que solicitó días después de que ese mismo tribunal dictara la legalización de Sortu, el nuevo camino político de la izquierda abertzale, del que Otegi es secretario general. La decisión definitiva no se ha votado todavía y se adoptará en el próximo pleno, que comenzará el día 8, debido a los cambios que se tienen que incorporar a la ponencia inicial, redactada por el magistrado Juan Antonio Xiol, que era favorable al amparo.
El sector conservador, encabezado por el presidente, Francisco Pérez de los Cobos, votará en bloque contra la petición de amparo, tal como expuso en el debate del pleno celebrado ayer. Los progresistas Adela Asúa, Encarnación Roca, Luis Ortega y Fernando Valdés, además del propio Xiol, presentarán votos particulares contra la decisión de negar el amparo al abertzale.
De esta manera, la resolución saldrá por un ajustado seis a cinco, ya que en el pleno queda aún vacante la plaza de Enrique López, que dimitió como magistrado del Constitucional después de ser cazado en moto, sin casco y con una tasa de alcoholemia que cuadruplicaba la permitida.
Uno de los ejes del debate fue la imparcialidad de la juez de la Audiencia Nacional Ángela Murillo, que presidió el tribunal que emitió la condena inicial contra Otegi. “Por mí, como si quiere beber vino”, fue la respuesta de la magistrada cuando, en un juicio celebrado en 2010, el exportavoz de Batasuna le pidió permiso para beber agua. Antes de eso, la misma magistrada —conocida también por llamar “cabrones” al ex jefe militar de ETA, Javier García Gaztelu, Txapote, y a otros tres etarras— preguntó a Otegi si condenaba la violencia de ETA, a lo que el dirigente abertzale se negó. a contestar. “Eso ya lo sabía yo”, le espetó la juez. En esa ocasión, la trifulca acabó en el Supremo, que anuló la condena de dos años de cárcel que la Audiencia Nacional había impuesto a Otegi y ordenó la repetición del juicio por la “falta de imparcialidad” de la presidenta del tribunal.
Ahora, esa mayoría ajustada del Constitucional considera que no se ha vulnerado el principio de imparcialidad que exige la Constitución en su artículo 24 y ha avalado la legitimidad de Murillo para sentenciar al dirigente abertzale.
Arnaldo Otegi fue detenido y encarcelado en octubre de 2009, de manera provisional, tras ser acusado de pertenencia a organización terrorista cuando trataba de relanzar la marca Batasuna, a través de Bateragune. En septiembre de 2011, la Audiencia Nacional lo condenó a diez años de prisión por pertenencia a organización terrorista en grado de dirigente. Meses después, en mayo de 2012, una muy dividida Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y por solo un voto de diferencia, rebajó la pena a 6,5 años al considerarlo “integrante” y no “dirigente”.
Esta es la tercera vez que el Constitucional se opone a la excarcelación de Otegi, que en un principio pidió la libertad como media cautelar hasta que se resolviera la petición de amparo y, posteriormente, tras haber cumplido tres cuartas partes de su condena.
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