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El TSJM confirma que correos de Blesa son irrelevantes para la causa de Silva

Desestimado el recurso basado en los emails para mandar a prisión al expresidente de Caja Madrid El juez defiende que los correos electrónicos son "corporativos" y no "íntimos"

Agencias
Madrid -
El juez Elpidio José Silva, instructor del 'caso Blesa'
El juez Elpidio José Silva, instructor del 'caso Blesa'EFE

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado que los correos del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa son "irrelevantes" para la causa abierta contra el juez Elpidio Silva por delitos de prevaricación y contra la libertad individual, entre otros.

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En un auto, el TSJM desestima el recurso de Silva contra la decisión del instructor de la querella, Jesús Gavilán, de no permitirle acceder a los correos 8.777 electrónicos del caso Blesa y en los que el magistrado se basó para ordenar el encarcelamiento del expresidente de Caja Madrid en dos ocasiones.

La Sala recuerda que el instructor permitió examinar a Silva y a su defensa dichos correos una vez que, previamente, Gavilán hubo descartado aquellos que "cercenaran la intimidad" del expresidente de Caja Madrid y los que no "afectaran a la comprobación de hechos o circunstancias que no tuvieran incidencia en la causa". Posteriormente, el magistrado acordó incorporar aquellos que guardan relación con la querella e impidió a Silva acceder al resto "por afectar a la intimidad del perjudicado y ser irrelevantes para esta causa".

Sobre este punto, el juez Elpidio Silva ha defendido poco después de conocerse el auto que los correos de Blesa que se han publicado "tienen carácter corporativo", y no "íntimo". En declaraciones a Cuatro, se ha preguntado "qué sucede en la Justicia en España a partir de determinados niveles", porque cree que no puede ser que "se termine imputando al juez que está investigando a un imputado".

El TSJM considera "gratuita" la afirmación de Silva de que fue "imposible" que Gavilán pudiera visionar casi 9.000 correos en tan poco tiempo y sostiene que Gavilán hizo un "correcto análisis" al rechazar aquellos que no tuvieran interés para esta causa. Según el auto, "no podemos obviar [que la causa] es la imputación de un delito continuado de prevaricación, retardo malicioso y delitos contra la libertad individual", de los que le acusa la Fiscalía por el dictado de "resoluciones judiciales arbitrarias por ausencia de motivación", en referencia a la orden de encarcelar a Miguel Blesa.

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Para la sala, esto queda demostrado en el hecho de que Silva solo mencionó los correos en el segundo auto de prisión, dictado el pasado 5 de junio, por el que encarceló a Blesa de forma incondicional apenas quince días después de haberlo hecho bajo fianza de 2,5 millones. Además, el auto explica que Silva sólo transcribió "parcialmente" algunas comunicaciones cruzadas el 23 de octubre de 2008 entre Blesa y el exdirector financiero de Caja Madrid, Ildefonso Sánchez Barcoj, y que son los que se han aportado al TSJM.

En ellos, Sánchez Barcoj decía al expresidente de la entidad: "Como sabes cubrimos en su momento no solo la totalidad de las dos compras, sino 100 kilos más por si se ponía algo a tiro", aludiendo a la adquisición del City National Bank de Florida y de la entidad mexicana Hipotecaria Su Casita (HSC). "Por tanto, la determinación que hace el instructor de los correos que tienen trascendencia para la causa, entendemos que es acorde con el contenido de la imputación, y respetuosa con el derecho de defensa".

De los argumentos esgrimidos por el juez para pedir la incorporación de todos los correos a esta causa, el TSJM sólo admite aquel en el que mantenía que algunos hacen referencia a la "frivolidad y gestión desleal" en la compra del banco norteamericano. En su recurso, Silva vinculaba a Blesa con el pago de varias facturas a la trama Gürtel y le vinculaba con operaciones de tráfico de armas relativas al expresidente del Gobierno José María Aznar y su yerno, Alejandro Agag.

Silva manifestaba también su sorpresa por haberse convertido en el investigado tras las acusaciones de "poderosos imputados", cuando él salvaguardó los derechos de Blesa mientras instruyó el caso. A este argumento, el TSJM responde que ello contradice lo manifestado por la Audiencia Provincial de Madrid, que anuló el caso por vulneración del secreto de las comunicaciones e "intentar dar cobertura a una investigación de carácter prospectivo sin motivación".

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