Anticorrupción recurrirá la sentencia contra Carlos Fabra
El ministerio público reclamó en el juicio que no se rebajara la petición de dos años por delito
La Fiscalía Anticorrupción recurrirá la sentencia que ha condenado al expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, a cuatro años de prisión por defraudar casi 700.000 euros a Hacienda. El ministerio público prepara el recurso contra un fallo que ha rebajado en gran medida la petición de los 13 años de prisión que reclamaba por los cuatro delitos fiscales y otros dos de tráfico de influencias y cohecho. La fiscalía tiene de plazo hasta este viernes para recurrir ante el Tribunal Supremo. Según han informado desde la Fiscalía General del Estado, el motivo por el que se interpondrá el recurso es “la infracción de la ley” recogida en los artículos 849.1 (por infracción penal cuando se han declarado probados ciertos hechos en las resoluciones judiciales) y el 842 (por infracción de un precepto constitucional) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La fiscalía ha apuntado que el precepto constitucional que considera que se ha vulnerado es el recogido en el artículo 24 de la Constitución. Este artículo recoge, entre otros, el derecho a un proceso público “sin dilaciones indebidas y con todas las garantías”.
El fiscal Anticorrupción se opuso durante el juicio a que se considerara la atenuante de dilaciones en el tiempo que reclamaba la defensa de Carlos Fabra y que ha sido estimada por la Audiencia Provincial y provocado una rebaja de ocho a cuatro años en la pena por los cuatro delitos fiscales. “La jurisprudencia dice que se exige que el retraso tenga carácter extraordinario, no guarde relación con la causa y no sea atribuible al acusado”, dijo. Y añadió: “Han sido diez años, pero muy particulares, en mi vida he tenido un proceso con la litigiosidad y las cuestiones planteadas en este”.
El fiscal mantuvo además su petición de 13 años después de escuchar a los más de cincuenta testigos que pasaron por el juicio celebrado en octubre en la Audiencia Provincial de Castellón, así como a los peritos y la prueba documental. “No es un defraudador cualquiera, era presidente de la Diputación y mientras exigía impuestos él, por detrás, defraudaba”, llegó a decir. Así, reclamó al tribunal que no rebajara la petición de dos años de cárcel por cada uno de los cuatro delitos fiscales que le atribuye al estimar que defraudó casi 700.000 euros por ingresos no justificados de 1,9 millones entre 1999 y 2004, tal y como ha confirmado la sentencia. Sin embargo, el tribunal recortó a la mitad esta petición al estimar la atenuante de dilaciones en el proceso que se prolongó durante casi diez años y al que contribuyó la propia defensa con la interposición de hasta veinte recursos.
El fiscal anticorrupción manifestó en el juicio que las acusaciones que mantiene quedaron “objetivamente acreditadas”. Habló de la relación entre el matrimonio Fabra con Vicente Vilar (el empresario que denunció que el político le exigió “cantidades millonarias” a cambio de mediar para conseguirle los permisos de sus productos fitosanitarios), habló de sus “gestiones” en Madrid porque tenía un “interés particular” para que los permisos salieran adelante. Habló de su propio “interés económico” en que los fitosanitarios fueran autorizados porque la sociedad participada por su mujer hubiera salido beneficiada. Y habló de pruebas documentales en las que se dejó constancia de las “presiones” del expresidente de la Diputación. Por ello consideró que sí se ha probado que existe tráfico de influencias: “Existen los requisitos de utilizar su autoridad para conseguir un fin”. Independientemente de que lo lograra o no, dijo. La Audiencia ha descartado el tráfico justo por considerar que si no hubo nadie influenciado no existe delito.
También estimó el fiscal que se probó durante el juicio que Fabra recibió dinero por estas gestiones. Anticorrupción apuntó a los 180.000 euros cobrados por Carmacas (la sociedad creada por el exdirigente y que el fiscal sostiene que se utilizó para ocultar los pagos de Vilar) por diferentes informes para el empresario y recordó que ninguno de sus allegados ha declarado que tuviera otro trabajo diferente al de presidente de la Diputación de Castellón. De hecho, la propia sentencia reconoce que estos pagos suponen una “actitud sospechosa” de los acusados por cohecho, pero que esta sospecha es insuficiente para sostener una condena.
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