Otra vuelta de ingeniería jurídica
El Gobierno pidió que el tribunal no exigiese la libertad de la etarra Del Río
Los rumores y manipulaciones desde el mismo día de la sentencia de Estrasburgo, 21 de octubre, son incontables. Uno: que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional fue convocada a pleno el martes 22 sin siquiera ser “notificada”. La verdad: el Gobierno les hizo llegar enseguida, sin perder un minuto, la sentencia, pero he aquí que en público, y sin ambages en privado, ha reprochado a los magistrados su sumarísima reunión para resolver. Otro: la sentencia, para el Gobierno, no va más allá de la etarra Inés del Río. Y lo último: los magistrados que impulsaron la doctrina Parot—no todos, algún autor intelectual, fuera de la judicatura, mantiene silencio— reivindican públicamente su punto de vista y prometen más ingeniería jurídica.
El embajador permanente de España ante el Consejo de Europa, Fernando Alvar González, recibe la sentencia. Se hace una traducción jurada al español. Exteriores traslada los documentos a Justicia, que los entrega el lunes a la Audiencia para que la Sala de lo Penal proceda. ¿Por qué esta celeridad? Es evidente. La Gran Sala de Estrasburgo vota por unanimidad una sola cosa de varias a debate: la prisión, más allá de lo que cabía según la redención que estipula el Código Penal de 1973, es ilegal. El Gobierno solicita que el tribunal no use su poder “excepcional” para exigir a España una cosa concreta: la libertad de la etarra. Para el tribunal en “algunos casos excepcionales, la naturaleza de la violación señalada puede ser tal como para no dejar opción real en cuanto a las medidas necesarias que pongan remedio a ello y el tribunal puede decidir que indica únicamente esa medida”. Y por eso recomienda la medida: “Incumbe al Estado demandado garantizar que la recurrente sea puesta en libertad a la mayor brevedad posible”.
Por tanto, el Gobierno no quiere incurrir en incumplimiento. Pero es evidente que no solo va a llover en España el día que se conoce la sentencia. Esa lluvia se convertirá en tormenta por el malestar de los familiares de las víctimas. Entonces, el Gobierno y el Tribunal Supremo buscan maniobrar. La idea: retrasar la puesta en libertad de los terroristas.
El presidente del Supremo, Juan Saavedra, convoca un pleno de la Sala Segunda el 12 de noviembre para analizar la sentencia de Estrasburgo. Nada que ver con la premura de la Audiencia. Dos serán los ponentes: Julián Sánchez Melgar, ponente de la doctrina en 2006, y Joaquín Jiménez, cuya posición contraria a aplicar retroactivamente la ley se recogió en un voto particular, junto con otros dos magistrados.
La fórmula “dilatadora” que se baraja ahora es que los terroristas que caen bajo las consecuencias de la sentencia de Estrasburgo, excepto aquellos que ya tuvieran fecha de excarcelación (que la doctrina Parot se llevó por delante) deberían presentar un recurso de revisión ante el Supremo. Mediante este recurso se tramitaría la aplicación de la sentencia de Estrasburgo, anulándose las condenas y sustituyéndolas por la que se deriva de la nueva sentencia. Más ingeniería jurídica pues. Este curso de acción cuestiona la versión oficial sobre la “exclusividad” del caso de Inés del Río.
Pero la sentencia se refiere más concretamente a ello, a los “otros” que se benefician, en el párrafo 114: “(...) La nueva interpretación del Tribunal Supremo, que hizo ineficaces las redenciones de sentencia ya concedidas, condujo en la práctica a la recurrente y a otras personas en situación similar al ser privadas de los beneficios del sistema de redención”.
La moraleja que sugiere la conducta del Gobierno en la gestión de la información y comunicación, y no menos importante, la lección de la conducta de todos aquellos que colaboraron en la ingeniería jurídica ahora desmontada y que a estas alturas intentan continuar por otros medios, es la siguiente: con las víctimas y sus familiares no se juega.
O no se debería.
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