El voto del progresista Sala aúpa al conservador López al Constitucional
La mitad del tribunal rechaza a un magistrado propuesto por el Gobierno Pascual Sala apoya la idoneidad del magistrado de la Audiencia que no logró la mitad de votos Dudas sobre el cómputo de antigüedad del miembro del alto tribunal elegido por el Gobierno
La mitad del Tribunal Constitucional entiende que Enrique López, magistrado designado por el Gobierno para formar parte del alto tribunal, no reúne los requisitos necesarios para formar parte de esta institución. Solo el voto de calidad del presidente del Constitucional, Pascual Sala, rompió el empate a seis y validó al final el nombramiento del Gobierno.
El trámite de validación es, habitualmente, un simple requisito casi burocrático y formal en el que el pleno del tribunal analiza si los designados por el Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial, el Congreso o el Senado reúnen los requisitos formales, es decir, ser jurista de reconocido prestigio y con más de 15 años de ejercicio efectivo.
El trámite ni siquiera tiene publicidad por ser simplemente formal y no se facilita información oficial. Sin embargo, este martes se produjo un hecho insólito en la historia del Constitucional y es que la mitad de sus miembros consideró que Enrique López no reúne esos requisitos formales.
No hubo pegas con el resto de magistrados designados el viernes por el Consejo de Ministros y el Consejo General del Poder Judicial: Pedro González-Trevijano (conservador), Juan Antonio Xiol (progresista) y Santiago Martínez-Vares (conservador).
Cuando se planteó el empate, Pascual Sala, que termina su mandato esta semana, ejerció su voto de calidad como presidente para decantar la mayoría en favor del nombramiento remitido por La Moncloa.
Esta verificación es un trámite necesario y así aparece entre las funciones consignadas al pleno en el artículo 10 de la Ley del Tribunal Constitucional. Por tanto, si hubiera sido rechazado, se hubiera planteado una situación tan insólita y novedosa como que abriría un conflicto institucional entre el tribunal y el Gobierno. El nombramiento sería devuelto a La Moncloa que, según la ley, tiene manos libres para designar a quien quiera con la única limitación del “reconocido prestigio” y los años de ejercicio profesional. Con López, el Ejecutivo ha roto, además, una norma no escrita al designar para el Constitucional a un magistrado de carrera que no procede del Tribunal Supremo, ya que forma parte de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Su trayectoria hacia el Constitucional ha sido polémica desde el inicio y termina por el momento también de forma insólita, porque se encontrará con un tribunal en el que una parte sustancial no le considera idóneo.
En 2008, el PP quiso que el Senado le designara para el Constitucional, haciendo que se contabilizara como ejercicio efectivo los años en los que, en situación de servicios especiales, formó parte del Consejo General del Poder Judicial, primero como letrado y después como vocal. La propia mesa del Senado certificó que no cumplía con los 15 años de ejercicio al indicar que la situación de servicios especiales “no es asimilable en modo alguno a la situación de servicio activo”. La Secretaría General del Senado determinó, además, que “resulta evidente que la función que desarrollan el Consejo General del Poder Judicial y sus vocales no es asimilable, en absoluto, a la función jurisdiccional ejercida en exclusiva por jueces y magistrados”.
Entre los que decidían la idoneidad de López se encontraban los cuatro que en los próximos días abandonarán el Tribunal Constitucional: Pascual Sala, Ramón Rodríguez Arribas, Manuel Aragón Reyes y Pablo Pérez Tremps.
Fuentes del Constitucional anticipan también que la presencia de Enrique López en las deliberaciones puede provocar nuevos conflictos cuando se planteen asuntos sobre los que se haya pronunciado como portavoz del Poder Judicial y en sus declaraciones y artículos. El PP logró una doctrina estricta de recusaciones en el alto tribunal cuando apartó a Pérez Tremps del debate sobre el Estatuto de Cataluña por haber participado como catedrático de Derecho Constitucional en un estudio sobre el asunto encargado por la Generalitat catalana.
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