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Certezas e incógnitas de una ley

La regulación del aborto que prepara Gallardón volverá al sistema de supuestos La duda es si será una norma como la de 1985 o más dura

“Cambiaremos el modelo de la actual regulación sobre el aborto para reforzar la protección del derecho a la vida, así como de las menores”. Eso era todo lo que decía, sobre la ley del aborto, el programa con el que Mariano Rajoy concurrió a las elecciones de 2011. Año y medio después, el proyecto de ley que elabora el ministro Alberto Ruiz-Gallardón ha sufrido tres aplazamientos y parece ir camino del cuarto, a juzgar por la vaguedad mostrada este viernes por la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.

- Lo que seguro hará el PP. Solo hay dos cosas claras sobre la nueva ley del aborto. La primera es que pondrá fin al actual sistema de plazos y volverá al de supuestos, que es el que rigió entre 1985 y 2010. Con el sistema de plazos, la “maternidad libremente decidida” es un “derecho” y la mujer puede interrumpir su embarazo sin alegar ningún motivo en las primeras 14 semanas; después ya solo puede abortar si hay “grave riesgo para la vida o la salud de la madre o el feto” (hasta la semana 22) o si el feto sufre “enfermedad extremadamente grave o incurable” o anomalías “incompatibles con la vida” (hasta el final del embarazo). Con el sistema de supuestos, que instauró el PSOE en 1985 y al que el PP quiere volver, el aborto es un delito salvo en tres supuestos: violación (hasta la semana 12), que se “presuma” que el feto nacerá con “graves taras físicas o psíquicas” (hasta la semana 22) o que exista un “grave peligro para la vida o la salud física o psíquica” de la mujer (en cualquier momento). El PP podría recuperar esos tres supuestos o fijar otros.

La segunda cosa que el PP ha anunciado que hará es eliminar la posibilidad de que las chicas de 16 y 17 años aborten sin permiso de sus padres. Ahora están obligadas a informarles (y no en todos los casos) pero no necesitan su autorización.

- Lo que está por decidir. Dos cuestiones clave están en el aire. La primera es si entre los nuevos supuestos de aborto estará o no el de malformación fetal. Gallardón ha anunciado varias veces que eliminará ese supuesto; pero al mismo tiempo ha sido ambiguo, hablando en ocasiones de “malformación” fetal, en otras de “anomalía” y en otras de “discapacidad”. Eso hace pensar en dos posibles escenarios, distintos: que el supuesto desaparezca por completo (y ninguna malformación, por grave que sea, permita abortar) o que la ley distinga entre malformaciones gravísimas y discapacidades, y solo las primeras sean motivo para abortar.

Pero ahora ya ni siquiera está claro que el PP vaya a eliminar el supuesto. Santamaría no quiso confirmarlo ayer. Se limitó a subrayar que la ley seguirá la doctrina del Constitucional —que en 1985 avaló ese supuesto, aunque de una forma en la que el PP ve matices— y que está “estudiando los compromisos que implica” la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada por España en 2008. Gallardón había dicho que esa Convención “obliga” al Gobierno a cambiar la ley del aborto; la vicepresidenta rebajó el verbo: ahora el grado de compromiso se está “estudiando”.

La otra cuestión fundamental y aún no aclarada es qué médicos serán los encargados de autorizar el aborto. Con la ley de 1985 lo hacían, prácticamente siempre, los mismos médicos del centro en el que luego se practicaba el aborto (en el 95% de los casos, clínicas privadas); con la ley de 2010, a partir de las 14 semanas también es así. Gallardón ha sugerido que ya no podrán ser esos médicos, sino otros con “desvinculación absoluta” del centro que practica el aborto. La asociación ACAI de clínicas que practican abortos temen que ese cambio suponga una traba clave para abortar.

- El castigo penal. Con la ley de 1985, el aborto realizado fuera de los tres supuestos era un delito, con penas de cárcel para la mujer y para el médico; pero la pena para la mujer era inferior a un año, de modo que en la práctica ninguna mujer iba a prisión. La ley de 2010 mantuvo —en los casos de aborto ilegal— el delito con prisión para el médico, pero solo contempló para la mujer pena de multa. Teóricamente, si no paga la multa, el juez puede obligar a la mujer condenada a ir a prisión (como en cualquier delito). Gallardón ha afirmado que en su ley no habrá ni prisión ni multa para la mujer. Por eso dice que será “la primera vez en la historia” que la mujer que aborte no corra el riesgo de ir a la cárcel; porque, teóricamente y aunque remoto, ahora sí existe ese riesgo.

- Los datos. En España hubo 118.359 abortos en 2011; el 90%, en las primeras 12 semanas de embarazo (un porcentaje similar al que se daba con la ley de supuestos anterior), según el Ministerio de Sanidad. Los abortos por malformación fetal fueron 3.500 (un 3% del total). El 2% de las mujeres que abortaron no tenía estudios; el 22%, solo de primaria; el 35% de secundaria; el 25% de bachillerato y el 11% universitarios. Una de cada tres mujeres no había utilizado anticonceptivos. La ley de plazos que rige desde 2010 en España es equivalente a la de la mayoría de los países europeos.

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