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Ruz deberá decidir si la grabación inicial del ‘caso Gürtel’ fue legal

La Audiencia atiende un recurso de Correa y obliga al magistrado a entrar en el fondo del asunto

Fernando J. Pérez
Francisco Correa, el pasado septiembre en Valencia.
Francisco Correa, el pasado septiembre en Valencia.JORDI VICENT

El juez instructor del caso Gürtel, Pablo Ruz, deberá determinar si las grabaciones que sirvieron para poner en pie la gran causa sobre la corrupción en el entorno del PP fueron legales. La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dado la razón a los abogados del principal sospechoso, Francisco Correa, y a los de los imputados Ricardo Galeote y Luis Bárcenas, que recurrieron la decisión de Ruz de rechazar un escrito anterior en el que habían solicitado la anulación de las grabaciones. Ruz desestimó ese recurso por cuestiones meramente procesales sin entrar en el fondo de la licitud o ilicitud de los archivos de audio aportados por el exconcejal del PP de Majadahonda (Madrid) José Luis Peñas y que permitieron iniciar la investigación en el año 2008.

La decisión de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, encargada de resolver todos los recursos de apelación del caso Gürtel, es una victoria para los imputados, pero de momento muy parcial. El auto no supone la anulación de las 18 horas de grabaciones de conversaciones de Peñas con Correa durante dos años. Y mucho menos supone la anulación de todas las actuaciones judiciales que se derivan de ellas, como pretenden las defensas en aplicación de la “doctrina del fruto del árbol envenenado” —nacida en Estados Unidos y que establece que si una fuente de prueba (el árbol) está corrompida, cualquier investigación que se derive de ella (el fruto) también lo está—.

El abogado de Francisco Correa, José Antonio Choclán, solicitó el pasado 8 de marzo al juez Ruz que anulara las grabaciones emboscadas de Peñas al entender que estas vulneraban el derecho a la intimidad personal del supuesto cerebro de la trama. También pedía el letrado que se anularan todas las actuaciones que se derivaran directamente de las grabaciones y que se formara una pieza separada para determinar la “conexión de antijuridicidad” de las demás diligencias.

En la justicia, los matices procesales, aparentemente menores para los profanos, muchas veces cuentan tanto o más como las grandes cuestiones de fondo. El letrado de Correa solicitó la anulación de las escuchas en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y Ruz pidió su opinión a la Fiscalía Anticorrupción, a través de una providencia —resolución judicial para cuestiones de trámite—.

El ministerio público interpretó que el escrito de los abogados no se limitaba pedir la ilicitud de la prueba de las grabaciones, sino que se solicitaba la nulidad total de las actuaciones, del artículo 241 de la misma ley. Por ello, informó a Ruz de su posición contraria a que se admitiera a trámite el escrito.

Eso fue lo que hizo el magistrado en un auto —resolución fundada— firmado el pasado 2 de abril. En él, Ruz razona que no cabe la nulidad de las actuaciones y que, además, ninguna de las partes personadas había solicitado la ilicitud de las grabaciones durante los cuatro años que habían transcurrido de investigación.

Los defensores de Correa y Galeote —a los que se sumó después el abogado del extesorero Luis Bárcenas— contraatacaron con un recurso de apelación ante la Sección Cuarta. En él reiteraban que lo que se solicita es la anulación de un medio de prueba —las grabaciones— y no la nulidad del procedimiento. Además, pedían que en la resolución de este conflicto, el juez diera traslado a todas las partes personadas para que se pronuncien y no solo a la Fiscalía.

A eso se limita el auto de ayer de la Sección Cuarta. El tribunal de apelación, presidido por Ángela Murillo, revoca el auto de Ruz del 2 de abril, en el sentido de que debe resolver sobre el fondo del asunto planteado por los abogados —la anulación de las grabaciones— “en la forma que indica el artículo 240.2” de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esto es, dando traslado a todas las partes.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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