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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Maniobras de bloqueo en Suiza

Bárcenas pagó a abogados para bloquear la llegada de la comisión rogatoria helvética a España

Ayer, en la vistilla dedicada a resolver sobre la petición de nuevos datos sobre las cuentas de Luis Bárcenas en los bancos suizos Dresdner (ahora LGT) y Lombard Odier, el extesorero del PP prestó su conformidad a dicha solicitud. Bien. La pregunta es: ¿cuál fue la conducta de Bárcenas en relación con la decisión del Ministerio Público de la Confederación Helvética de entregar los datos que finalmente llegaron el 20 de noviembre de 2012 a España?

El ministerio público (fiscalía) resolvió admitir la entrada judicial (comisión rogatoria) internacional el 3 de junio de 2009 solicitada por las autoridades judiciales españolas en relación con una cuenta en el Dresdner Bank Suisse. A partir de esta resolución, los fiscales de Suiza tardaron dos años y medio, aproximadamente, en reunir los datos.

Lo primero fue confirmar que Bárcenas operaba a través de dos sociedades pantalla: Fundación Sinequanon, domiciliada en Panamá, e Impala Ltd., inscrita en las islas Bermudas. Estas eran las sociedades que podían dar instrucciones a la responsable de la cuenta en el Dresdner (ahora LGT), Madame Agathe Stimoli, para mover los fondos de la cuenta 8.401489, abierta con dinero procedente de una cuenta anterior, en 2005.

Bárcenas, como cualquier persona que abre una cuenta en Suiza, debió rellenar el llamado formulario A, en el que se deja constancia de quién es el ayant droit economique (el beneficiario real de la cuenta) y se deja una copia del carné de identidad.

El ministerio público helvético obtuvo los datos a lo largo de dos años y medio en lo que se llama un procedimiento penal nacional en relación con delitos de corrupción y blanqueo de dinero. El 19 de enero de 2012, menos de un mes después de la formación en España del Gobierno de Mariano Rajoy, las autoridades suizas dictaron una resolución (ordonnance de clôture) por la cual se transmitían los datos (documentos de apertura de cuentas, extractos y movimientos en la cuenta corriente) a la justicia española.

Una de las sociedades de Bárcenas presentó un recurso ante el Tribunal de Quejas del Tribunal Penal Federal, ambas instituciones integrantes del Tribunal Federal Suizo o tribunal supremo, con sede en Lausana. El Tribunal de Quejas es la corte que resuelve, entre otros, los recursos contra la entrega de documentos en la ejecución de comisiones rogatorias internacionales.

El argumento es que Bárcenas no tuvo conocimiento de la decisión en materia de entrada judicial del 3 de junio de 2009, un vicio que pudo ser reparado, según los magistrados suizos, en el procedimiento del recurso. El 13 de junio de 2012, el Tribunal de Quejas rechazó el recurso de Bárcenas. “La demanda de entrada judicial (comisión rogatoria) estaba lo suficientemente motivada y los documentos a transmitir respetaban el principio de proporcionalidad habida cuenta de que el recurrente, titular de la cuenta, era él mismo sospechoso de corrupción pasiva”.

Bárcenas no aceptó la decisión. El 25 de junio de 2012, sus abogados presentaron en nombre de una de las sociedades un recurso en materia de derecho público por el que pedía la anulación de la resolución del Tribunal Penal Federal y el reenvío de la causa al Tribunal de Quejas para adoptar una nueva resolución en el sentido de su recurso y subsidiariamente la anulación de la decisión de cierre de la demanda de comisión rogatoria.

El 28 de junio, el Tribunal de Quejas se mantuvo en la jurisprudencia seguida hasta el momento, desestimó que la razón esgrimida por el recurrente fuera un caso “particularmente importante” y le impuso unas costas de 1.000 francos suizos (820 euros).

Los papeles del Dresdner (actualmente LGT) estaban en camino. Pero Bárcenas no se daba por vencido. A través de otra de sus sociedades pantalla presentes en el Dresdner Bank como titular de la cuenta 8.401489, sus abogados suizos presentaron un recurso sobre la base de presuntas violaciones del derecho de consulta de la causa, insuficiente motivación de la decisión de entrega. El tribunal sostuvo en su resolución del 14 de septiembre de 2009 que algunos vicios (dudas sobre la comunicación de la decisión de entrada del 3 de junio de 2009 al banco, por ejemplo) pudieron ser reparados durante el proceso del recurso, sobre todo cuando llegaron desde España nuevas peticiones complementarias el 30 de abril de 2010, que le fueron enviadas por el tribunal para formular observaciones suplementarias. Y, por tanto, rechazó el recurso.

El 1 de octubre los abogados de las sociedades de Bárcenas volvieron a recurrir. El 9 de octubre, finalmente, el Tribunal de Quejas desestimó el recurso y cargó 1.000 francos suizos de costas al recurrente.

Durante todo 2012, Bárcenas cobró mensualmente su nómina en el PP, hasta 31 de enero de 2013. Una parte de ese dinero lo destinó, precisamente, a pagar a sus abogados suizos para bloquear la llegada de la comisión rogatoria a España.

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