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Incierta aventura a la independencia

Un referéndum legal requiere el concurso del Gobierno Cataluña saldría de la UE y necesitaría a España para volver a Europa Debería crear un Ejército

Xavier Vidal-Folch
Manifestantes independentistas, el pasado 11 de septiembre en Barcelona.
Manifestantes independentistas, el pasado 11 de septiembre en Barcelona.ANDREU DALMAU (EFE)

La elección catalana de hoy puede —o no— iniciar una incierta aventura hacia la “independencia”. Con recodos como estos:

» ¿Quién convoca un referéndum? El Rey, “mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados”, reza el artículo 92 de la Constitución. Los referendos son consultivos (pero influyen mucho), salvo para ratificar reformas estatutarias o de la propia Carta Magna. El censo lo constituyen “todos los ciudadanos” españoles, aunque se abriría una espita a las consultas en una autonomía por analogía a los de ratificación. La vía legal consiste en que la Generalitat convenza al Gobierno de la conveniencia de la convocatoria. Opción difícil vistos los antecedentes (recurso del PP contra el Estatut; seudo consulta popular en contra), seguramente más complicada que la, ardua, opción autonómica / federal.

» ¿Puede hacerlo la Generalitat? El Gobierno de la Generalitat, un 20% de los diputados autonómicos o un 10% de los municipios que representen al menos medio millón de ciudadanos o una gestora avalada por un 3% de la población podrán impulsar una consulta popular “por vía de referéndum”, según la ley catalana 4/2010, de 17 de marzo. Pero para cumplir la legalidad catalana se debe honrar la española, pues aquella remite a esta. El artículo 13 de la 4/2010 estipula que “una vez” que el Parlamento catalán “ha aprobado la propuesta de consulta popular”, se envía “la solicitud de autorización al Gobierno del Estado”. Ocurre sin embargo que esta ley fue recurrida ante el Tribunal Constitucional (TC) por el Gobierno el pasado 23 de diciembre, alegando que invadía las competencias centrales. El TC suspendió, hasta que pronuncie el fallo, 32 de sus 59 artículos, incluido el clave artículo 13. Si para sortear ese obstáculo el nuevo Parlament aprobase otra ley distinta, ocurriría previsiblemente algo parecido.

» ¿Puede ampararse el soberanismo en la legislación internacional? La Carta de Naciones Unidas reconoce genéricamente el derecho de autodeterminación (artículos 1 y 55). Una mayoría de textos legislativos internacionales limita su ejercicio a países coloniales, sometidos a ocupación militar, a situaciones no democráticas u “opresivas”, sin derecho a participar. El Acta de Helsinki (1975) lo limita con las normas internacionales sobre “la integridad territorial de los Estados”. La apelación, pues, a una legalidad internacional resulta impracticable.

» ¿Puede apelar a la UE? El Tratado de la UE remite al ordenamiento interno de los Estados miembros. Tienen la competencia exclusiva para organizarse, aunque las modificaciones de fronteras deberán calibrarse por cuanto afectan al conjunto. “La Unión respetará la igualdad de los Estados miembros... Respetará las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial” (Tratado UE, artículo 4.2).

» ¿Hay una vía a través de la reforma constitucional? La Constitución española actual establece el carácter “indisoluble” de la unidad española (artículo 2) y que la soberanía “reside en el pueblo español” y no en sus distintos componentes (artículo 1), por lo que excluye la secesión, incluso la posibilidad de votarla. De modo que el referéndum solo podría versar sobre si los votantes quieren una reforma de la Constitución que posibilite la independencia de Cataluña. Con una pregunta clara, no del tipo de la confusa propuesta oficial “¿Desea usted que Cataluña se convierta en un nuevo Estado de la Unión Europea?”: que sería “nuevo” es obvio; “europeo”, igual, por no africano; de la UE, no depende de los catalanes; “Estado”, ¿de qué tipo, independiente, confederal, federal?

» ¿Es útil el ejemplo de Canadá? El Tribunal Supremo de Canadá estableció en su dictamen de 20 de agosto de 1998 que tampoco su Constitución autorizaba la “secesión unilateral” de un Estado federado (Quebec). Pero asentó que merced al “principio democrático” subyacente al texto, “el orden constitucional canadiense existente no podría quedarse indiferente ante la expresión clara, por parte de una mayoría clara de quebequeses, de no seguir formando parte de Canadá”, y estipuló que en ese caso lo procedente sería abrir “negociaciones”, difíciles, “entre dos mayorías legítimas”.

» ¿Saldría Cataluña de la UE? Si la independencia de Cataluña fuese a costa de tener que salir de la Unión Europea, la mayoría de los catalanes la rechazarían. La Comisión Prodi contestó así, en 2004, a una pregunta parlamentaria sobre la permanencia o exclusión de un territorio secesionista: “Una nueva región independiente, por el hecho de su independencia, se convertiría en un tercer Estado en relación a la Unión y desde el día de su independencia los Tratados ya no serán de aplicación en su territorio”. El presidente Durão Barroso manifestó el pasado día 17 que “la situación jurídica no ha cambiado desde 2004, ya que el Tratado de Lisboa no ha introducido ningún cambio a este respecto. Puedo confirmar que la posición sigue siendo la misma”.

» ¿Permanecería en la OTAN sin Ejército? El líder de CiU ha dicho que la Cataluña independiente permanecería en la OTAN, pero no tendría Ejército. Es imposible. Hay que leer. Las naciones de la Alianza “convienen en que un ataque armado” contra una de ellas se considera “como un ataque dirigido contra todas” y todas la ayudarán con toda suerte de medidas, “comprendido el empleo de las fuerzas armadas”, reza el artículo 5 del Tratado de Washington que rige la organización. Para cumplirlo, hay que tener Ejército, que costaría unos 3.000 millones de euros anuales, inversión inicial en equipamiento aparte.

» ¿Debería Cataluña pedir el “reingreso”? Una vez salida, el regreso a la casa Europa no sería automático. Debería proponer su candidatura y acreditar que cumple con los criterios de Copenhague (Conclusiones de la cumbre de 22 junio de 1993, 7-A-iii; SN 180/1/93). Los principales son la “estabilidad de instituciones que garantice la democracia”, la existencia de “una economía de mercado en funcionamiento”, la “capacidad de hacer frente a la presión competitiva”. A buen seguro, técnicamente, estos criterios podrían certificarse sin demasiado problema. Pero hay que recordar que la UE no ha endosado en su conjunto la existencia del Estado de Kosovo, una independencia híbrida entre la declaración unilateral y la autodeterminación legal de país sometido a dictadura. Cinco miembros se opusieron en 2008, por temor al contagio o al rebote y ahí está el expediente, empantanado. Este tipo de vetos no es descartable en otros casos.

» ¿Sería España el mejor padrino de la independencia catalana? Para sortear esos vetos en la UE, el mejor mediador y padrino imaginable de la independencia catalana sería, pues, España. Algo que se correspondería con un proceso negociado (incluido un reparto de la presencia en las instituciones comunitarias) a la canadiense y con la secuencia idílica que sueñan los propagandistas del proceso secesionista. ¿Aceptaría ese papel un país desgarrado y acusado de practicar el “expolio” económico? Y si lo aceptase, ¿acaso no demostraría con ello una empatía que socavaría los argumentos para desgajarse de él? ¿No es más practicable y menos dolorosa la mejora del autogobierno por la vía de la profundización autonómica y la federalización?

» ¿Qué significa “Estado propio”? Es el neologismo empleado por el nacionalismo conservador para evitar el uso de la palabra “independencia”, denotándola. Abre paso a distintos significados. Artur Mas adoptó el polivalente concepto acuñado por su consejero más brillante, Ferran Mascarell, responsable de Cultura: “Necesitamos más sociedad y mucho más Estado —exclusivo o compartido—, pero propio. Queremos un Estado que se adapte a Cataluña como un guante a una mano”. “Único o no, ya se verá” (Catalanisme deucentista, La Magrana, Barcelona, 2011).

» ¿Cuál es la opción económica más viable? Por supuesto que una Cataluña independiente sería económicamente viable: lo son Dinamarca y Uruguay. La discusión radica en si es lo que más le conviene. El debate económico desde la Diada del 11-S apunta a que el déficit fiscal (su contribución neta) con el resto de España es “excesivo”, pero no expropiatorio; y que su superávit comercial lo compensa en buena parte. Jordi Pujol lo califica de “expolio que perjudica gravemente a Cataluña y a su gente”, justificando el secesionismo. (El caminante frente al desfiladero, Destino, Barcelona, 2012).

Debería corregirse. Pero incluso con este obstáculo, no hay catástrofe: Cataluña ha ido ganando a sus pares europeos, los llamados cuatro motores: “El PIB de Cataluña ha avanzado desde el 113,3% de la media europea en 2002 al 120% de 2009”, ha recopilado Andreu Missé, mientras que “en el mismo periodo, Rhône-Alpes (Lyon) ha sufrido un retroceso del 141% al 108,8% y también ha retrocedido Lombardía (Milán) desde el 141% al 133,4%. La poderosa Baden-Württemberg (Stuttgart) se mantiene en torno al 125%, solo ya a cinco puntos por encima de Cataluña”.

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