El Supremo no ve indicios solventes de que Báñez filtrara el ERE del PSOE
El tribunal asegura en el fallo que los datos revelados "en modo alguno afectan a aspectos personales o confidenciales dignos de protección"

El auto de la Sala Penal del Tribunal Supremo en el que se rechaza la querella del PSOE contra la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, afirma que no hay "elementos de la suficiente solvencia" para imputar por revelación de secretos a la acusada de filtrar el ERE del PSOE.
La Sala Penal del Tribunal Supremo notificó ayer su resolución de rechazar la querella de los socialistas, quienes han anunciado ya su intención de recurrir.
El Supremo ha hecho público hoy el auto en el cual desestima la acusación, que apuntaba a un delito de revelación de secretos cometido por la ministra al, supuestamente, enviar al diario La Razón, desde su propio correo electrónico, el Expediente de Regulación de Empleo presentado ante su departamento por el PSOE.
Los hechos no son constitutivos del delito de revelación de secretos, dice el auto siguiendo el criterio del fiscal, pues "no toda revelación de informaciones ha de interpretarse como delito sino, tan solo, aquella de una trascendencia tal que suponga un serio, real y grave perjuicio para la credibilidad de las Administraciones Públicas".
En casos menos graves la revelación puede ser considerada, apunta la sala, una falta administrativa. Pero además, el Supremo apunta que la autoría por parte de la ministra, afirmada por la querella, "no pasa de ser una suposición del denunciante, insuficiente a todas luces" para abrir una causa contra ella.
En cuanto al primer argumento, la sala dice que el objeto de la filtración fueron "una serie de datos generales relativos a la noticia de presentación de un ERE para el personal del partido denunciante, que en modo alguno afectan a aspectos personales o confidenciales dignos de protección, al menos por la norma penal".
Por lo que respecta al segundo fundamento, el Supremo recuerda que "en la propia denuncia se hace referencia expresa a una asesora de la denunciada, cuyo nombre y apellidos se citan, identificada incluso por su DNI", a quien la propia querella considera posible autora material del documento dirigido al diario que publicó la noticia.
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