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El fiscal pedirá cuatro millones de fianza para Iñaki Urdangarin

El fiscal reclamará al juez la medida contra el duque de Palma y su socio en el Instituto Nóos La cantidad incluye todo lo cobrado de los Gobiernos de Baleares y Comunidad Valenciana Si no tuvieran dinero para afrontar la fianza, responderían con bienes y propiedades El abogado de Urdangarin ve la cantidad de la fianza civil "exagerada"

Urdangarin, el segundo día en el que fue a declarar a los juzgados de Palma.
Urdangarin, el segundo día en el que fue a declarar a los juzgados de Palma.ULY MARTÍN

Iñaki Urdangarin, marido de la infanta Cristina, yerno del Rey y duque de Palma, deberá prestar una fianza de 8,1 millones de euros junto a su exsocio Diego Torres (cuatro cada uno), si el juez José Castro acepta la petición que mañana entregará en un voluminoso escrito el fiscal Pedro Horrach, que investiga desde hace 18 meses los negocios ilegales del Instituto Nóos. Esta entidad sin ánimo de lucro fue el instrumento que utilizaron Urdangarin y Torres entre 2004 y 2007 para desviar dinero público a empresas privadas de su propiedad, según la investigación judicial.

El abogado del duque de Palma, Mario Pascual Vives, ha asegurado a la agencia Efe que la fianza le parece "exagerada", aunque ha preferido no hacer más declaraciones sobre la petición del fiscal porque todavía no tiene constancia oficial de que se haya presentado. "Como han salido tantas novedades y tantas especulaciones sobre el caso, al final esto es como el cuento de Pedro y el Lobo", ha afirmado.

Gracias a la influencia del duque de Palma, el Instituto Nóos logró de los Gobiernos del PP en Baleares y la Comunidad Valenciana casi seis millones de euros para organizar distintos eventos donde se promocionaba el turismo en esos territorios a través del deporte. La mayor parte de ese dinero público fue a empresas privadas de Urdangarin, de Torres o de ambos. Ellos ponían el precio de los eventos que pagaban los dirigentes autonómicos sin convocar ningún concurso previo para saber si había ofertas mejores o más baratas ni someter las tarifas a ninguna auditoría.

El escándalo de corrupción, que también salpica a los dirigentes públicos de Baleares y Comunidad Valenciana, estalló a finales de 2011 y supuso el mayor golpe al prestigio de la Casa del Rey en toda su historia.

Los delitos del ‘caso Nóos’

Falsedad documental

Artículo 392 del Código Penal. 1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

Malversación de caudales públicos. Artículo 432.

1. La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años. Las disposiciones de este Capítulo son extensivas: A los que se hallen encargados por cualquier concepto de fondos, rentas o efectos de las Administraciones públicas; y a los particulares legalmente designados como depositarios de caudales o efectos públicos

Fraude a la administración. Artículo 436.

La autoridad o funcionario público que, interviniendo por razón de su cargo en cualesquiera de los actos de las modalidades de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concertara con los interesados o usase de cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público, incurrirá en las penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años. Al particular que se haya concertado con la autoridad o funcionario público se le impondrá la misma pena de prisión que a éstos.

Don Juan Carlos reaccionó apartando a su hija Cristina y a su yerno Urdangarin de las actividades oficiales de la institución y facilitando más información sobre los presupuestos de la Casa del Rey. Además, en alguno de sus principales discursos a raíz del estallido del caso, incluyó referencias a la necesidad de la honestidad en el desempeño empresarial y defendió que la justicia era igual para todos los ciudadanos.

Tras 18 meses de investigación, el fiscal cree llegado el momento de fijar una fianza para asegurar las responsabilidades pecuniarias en las que pudieran haber incurrido el duque de Palma y Diego Torres. Es decir, se trata de una fianza civil que se diferencia de la penal en que no se utiliza para eludir el ingreso en prisión. Si no tuvieran dinero para afrontar la fianza, responderían con bienes y propiedades, como la famosa casa de Pedralbes por la que los duques de Palma pagaron 5,8 millones de euros. Para hacer el cálculo, el fiscal sumó las cantidades íntegras recibidas por el Instituto Nóos, pese a que una parte de esas cantidades fueron a pagar los servicios necesarios para el evento. El fiscal ha defendido durante la instrucción de esta causa que los convenios que dieron lugar a los contratos con Nóos “son fruto de una actividad delictiva premeditada por lo que el resarcimiento de los perjuicios ocasionados a las arcas públicas debe alcanzar la totalidad de los fondos públicos percibidos”.

El fiscal ha censurado en estos meses la gestión de los dirigentes políticos de Baleares y de la Comunidad Valenciana: “Los convenios de colaboración [con el Instituto de Urdangarin y Torres] son fruto de decisiones administrativas arbitrarias cuya única finalidad es la de beneficiar económicamente a unas personas concretas, obviando deliberadamente la utilidad e interés público que debe presidir cualquier actuación administrativa”.

El relato de hechos que ha desarrollado el fiscal en sus escritos anteriores sobre este caso señala que “los responsables políticos de las administraciones correspondientes pactaron de forma verbal con los responsables del Instituto Nóos la celebración de los congresos Valencia Summit y Illes Balears Forum, al margen de cualquier expediente administrativo”. “De hecho”, ha recalcado, “Nóos empezó a organizar y desarrollar dichos proyectos antes de formalizar los respectivos convenios de colaboración”.

“La inexistencia de expediente administrativo tuvo como consecuencia directa la vulneración reiterada y flagrante de otras exigencias legales que debían imperativamente respetarse y que se obviaron para conseguir los ilícitos objetivos predeterminados. La conclusión es que estamos ante una conciencia irrefutable de las desviaciones de poder, requisito básico para calificar las distintas conductas como delictivas”, añadió en uno de sus escritos.

Para denunciar la gravedad de lo ocurrido, el fiscal siempre ha considerado seis ilegalidades principales:

— Los acuerdos entre las partes son fruto de un pacto verbal, prohibido legalmente,

— Falta de justificación de la utilidad, necesidad o interés público.

— Falta de análisis del precio de mercado del servicio.

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— Falta de transparencia y publicidad.

— Falta de concurrencia.

— Omisión de control y fiscalización del gasto.

Cuando Torres y Urdangarin intentaron justificar el gasto realizado en los eventos ante el juez que investiga el caso, los responsables de Nóos remitieron facturas con precios muy por encima de los de mercado; facturas correspondientes a servicios anteriores a la celebración de esos congresos, o facturas que no correspondían a los actos que señalaban. Y en cualquier caso, según el fiscal, Nóos no puede imputar los costes económicos en los que incurrió a las arcas públicas porque “son consecuencia de una actividad delictiva”. En caso de que el juez no asumiera esta interpretación, el fiscal rebaja la petición de fianza para Torres y Urdangarin a cinco millones de euros, la diferencia entre lo que cobraron de las administraciones y lo que realmente gastaron en la celebración de los eventos.

Esta petición fiscal es uno de los últimos pasos en la instrucción de esta causa antes de que Urdangarin y Torres se sienten en el banquillo de los acusados para someterse a juicio por tres delitos (fraude, falsedad documental y malversación de caudales públicos) tipificados con penas máximas de dos, tres y seis años de cárcel respectivamente.

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