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El TC rechaza liberar a los 16 etarras que plantearon la doctrina de Estrasburgo

La Sala de Vacaciones dice que la sentencia de Del Río no tiene relevancia hasta que sea firme

Foto de familia del Tribunal Constitucional.
Foto de familia del Tribunal Constitucional.EFE

El Tribunal Constitucional ha decidido esperar a que la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo,se pronuncie sobre la doctrina Parot en el caso de la etarra Inés del Río, para decidir sobre la libertad solicitada por 16 etarras que han visto prolongado varios años el cumplimiento de sus penas de prisión en aplicación de dicha doctrina.

El presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, el vicepresidente, Ramón Rodríguez Arribas, y el magistrado Pablo Pérez Tremps se reunieron al mediodía de hoy en Sala del Vacaciones para estudiar la petición de libertad de los 16 etarras que presentaron recurso de amparo contra la aplicación de la doctrina Parot y habían pedido su suspensión. Según fuentes del Constitucional, el Tribunal esperará a que la sentencia de Estrasburgo en el caso de Inés del Río sea definitiva y entretanto ha denegado suspender la aplicación de la doctrina Parot a los etarras que lo habían solicitado.

En concreto, el Tribunal considera que la sentencia "Inés del Río contra España"  carece de "relevancia suficiente" hasta que tenga "carácter definitivo", de conformidad con el artículo 44.2. del Convenio Europeo de Derechos Humanos.       

Entre los etarras a los que se ha denegado la libertad se encuentran José María Gabirondo Agote, condenado en 1989 por el secuestro del empresario Lucio Aguinagalde y por la muerte del jefe de la Ertzaintza Genaro García Andoain durante su rescate; e Ignacio Erro Zazu, condenado por los asesinatos de cinco militares, un guardia civil y un policía, cuya libertad por enfermedad reclaman simpatizantes abertzales del preso.

Los demás etarras a los que se ha denegado la suspensión de la libertad son: Ignacio Fernández de Larrinoa Pérez de Luco, Nicolás Francisco Rodríguez, Itziar Martínez Sustatxa, Miren Maitane Sagastume Arrieta, Bautista Barandala Iriarte, Ignacio Orotegui Ochandorena, José Angel Viguri Camino, Jokin Mirena Sancho Biurrun, Kepa Mirena Solana Arrondo, Miren Gotzone López de Luzuriaga Fernández, Iñigo Acaiturri Irazabal, Javier Martínez Izaguirre, Raúl Ibáñez Díez e Inmaculada Pacho Martín.

Todos ellos invocaban la sentencia del Tribunal de Estrasburgo en el caso Inés del Río, que declaró que la doctrina Parot vulneraba los artículos los 7 y 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.El TEDH declaró que España vulneró el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en cuanto establece que “nadie puede recibir una pena más elevada que la que le era aplicable al delito en el momento de su comisión”. También declaró la violación del artículo 5.1 del Convenio, en el sentido de que la prórroga de la prisión fue “irregular”. El TEDH condenó a España a indemnizar a Inés del Río con 30.000 euros por daños morales y abonarle 1.500 más de costas. Además, declaró que la etarra debería ser excarcelada inmediatamente.

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España, sin embargo, no ha cumplimentado el fallo de Estrasburgo y en su lugar, ha anunciado que en septiembre recurrirá a la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, integrada por 17 jueces. Y mientras no se pronuncie este tribunal, lo que tardará como mínimo varios meses, la sentencia del caso de Inés del Río no es firme y los etarras a los que se haya aplicado la doctrina Parot seguirán en prisión.

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