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Una circular de Mayor Oreja fijó los criterios para excarcelar enfermos

La ley concede la libertad condicional a los presos con enfermedades “muy graves” e “incurables”

Mónica Ceberio Belaza

El Código Penal, la Ley General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario fijan reglas generales para la excarcelación de presos enfermos por razones humanitarias. Estas normas jurídicas, básicamente, lo que disponen es que se podrá conceder la libertad condicional a aquellos presos con enfermedades “muy graves” e “incurables”. Este último concepto no presenta grandes dudas: en la mayoría de los casos los médicos pueden determinar si una enfermedad es incurable. Pero la situación se complica con la primera cuestión: ¿Cuándo es una enfermedad muy grave? ¿Se cumple el requisito cuando al paciente le quedan dos años de vida? ¿Y cuando le quedan dos meses? Hay múltiples interpretaciones posibles, y no solo en relación a la esperanza de vida.

 Por eso, ante la subjetividad del concepto, el 11 de enero del año 2000, cuando Jaime Mayor Oreja era ministro del Interior en el Gobierno de José María Aznar y Ángel Yuste su mano derecha en Prisiones, se dictó una circular sobre los criterios que debían aplicarse para clasificar a un preso enfermo en tercer grado y solicitar para él la libertad condicional —las dos competencias de Instituciones Penitenciarias en este tema—.

Para que se considere que un preso padece una enfermedad muy grave debe cumplirse alguno de los siguientes requisitos, según el texto:

1. Riesgo de muerte estimado superior al 10% en el plazo de un año a pesar del tratamiento.

2. Riesgo de muerte estimado superior al 50% en el plazo de cinco años a pesar del tratamiento.

3. Índice de Karnofsy [que mide la capacidad de los enfermos con cáncer de realizar tareas rutinarias] menor o igual al 50%.

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4. Infección por VIH en estadio A3, B3 o C.

5. Trastorno psicótico crónico con actividad sintomática a pesar de haber seguido tratamiento durante más de seis meses, o con deterioro intelectual.

El caso de Uribetxeberria estaría comprendido en el primer punto ya que, según el hospital, su riesgo de muerte se estima en el 90% en el plazo de 12 meses.

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Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

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