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Comienza la cuenta atrás

Un jurado determinará, probablemente en otoño, si el presidente de la Generalitat es culpable

María Fabra
Francisco Camps, en una imagen de archivo.
Francisco Camps, en una imagen de archivo.JORDI VICENT

La causa de los trajes es un asunto que se ha tramitado por el procedimiento de la ley del jurado, ya que el delito que se le imputa al presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, cohecho impropio, es uno de los que entran en las competencias del jurado popular. Dados los plazos que regula esta norma y al ser agosto un mes inhábil, no es probable que antes de septiembre se sepa la fecha del juicio.

El auto hecho publico hoy por el magistrado José Flors, que hará que Camps se siente en el banquillo de los acusados, indica que las partes tienen 15 días para personarse ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En ese acto las acusaciones y las defensas propondrán, además, las pruebas que desean que se practiquen durante el juicio.

El Tribunal del jurado estará presidido por el magistrado del TSJCV Juan Climent

También tienen la posibilidad de pedir la ampliación de los hechos que se van a juzgar, aun en el caso de que estos no estén acordados en el auto de apertura, que se ha dado a conocer hoy. Igualmente pueden solicitar la exclusión de alguno de los hechos de los que se relatan en la resolución judicial. A partir de ese momento, cuando conocen los escritos del resto de las partes, comienza otro recuento, de tres días, plazo en el que han de dar a conocer sus alegaciones, aceptación o rechazo a las pruebas solicitadas.

El jurado estará compuesto por nueve personas de entre 36 candidatos que serán designados un mes antes del juicio

En el auto de Flors, el magistrado ya indica que el tribunal del jurado estará presidido por Juan Climent, a quien le corresponde la causa por reparto. Climent, que ha estado al margen de los recursos presentados en la causa, no ha decidido en su resolución y, por tanto, no se ha contaminado de los argumentos que se han presentado hasta ahora. Será él quien habrá de redactar el auto de hechos justiciables, el fallo que determina los actos que serán objeto del enjuiciamiento, el relato de los mismos y las personas contra quienes se dirige el juicio.

El documento fijará además el día de la vista. Fuentes consultadas han señalado que, probablemente, este auto no se conocerá hasta septiembre y que la fecha del juicio puede señalarse para cualquier momento. En cualquier caso, no será antes de que transcurra un mes desde esta resolución, ya que ese es el plazo que marca la ley para elegir al jurado, 30 días antes de la celebración del juicio, porque, en casos concretos, los candidatos pueden presentar una justificación para inhibirse.

El jurado estará compuesto por nueve personas, más dos suplentes. Cada dos años un sorteo extrae del censo a varios miles de personas como candidatas a formar parte de un jurado popular. Para este juicio se convocará a 36 personas y tienen que comparecer un mínimo de 20 para que se inicie la selección. Los abogados de las partes entrevistan a los candidatos y se les pregunta sobre las posibles causas de incompatibilidad.

Al margen de estas, las acusaciones pueden recusar hasta a cuatro personas sin necesidad de argumentarlo, únicamente porque consideren que puede no ser imparcial en su decisión. En este caso, habrán de ponerse de acuerdo la fiscalía y la acusación popular, por una parte, y la defensa de los cuatro imputados, por otra. Si no hay acuerdo, se elegirán por sorteo. En el momento en el que haya 11 seleccionados, se podrá iniciar el juicio.

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