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La Suprema Corte abre la puerta a los Estados para que decidan si se ha de pagar o no por los vientres de alquiler

El pleno avala la gestión de Tabasco, que deja sin regular el trato económico que alcancen la madre biológica y la contratante

vientre de alquiler Tabasco
En México, la gestación subrogada es legal en Tabasco y Sinaloa.Elizabeth Ruiz (Cuartoscuro)

Con una mayoría de nueve votos a dos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha abierto la puerta en su discusión del pleno a que cada Estado pueda decidir si regula las condiciones económicas para la práctica de los vientres de alquiler o lo deja a la libertad de las partes privadas que intervienen. La Corte considera “infundado que exista una obligación de las legislaturas locales que prevea la gratuidad del contrato de gestación”. Por tanto, el Estado puede obligar a que sea gratuito, establecer condiciones de pago o dejar el asunto al arbitrio de un acuerdo privado. La gestación subrogada consiste en que una mujer presta su cuerpo para gestar y parir un bebé que luego cede a otra persona, lo que ha ocasionado no pocas alarmas por el riesgo de que mujeres en situación vulnerable se vean impelidas a gestar para ganar dinero.

Dos magistrados han emitido un voto en contra de esta resolución. Juan Luis González Alcántara ha explicado a este periódico que no está en desacuerdo con la regulación de esta práctica, sino que considera que la inexistencia de regulación sobre los acuerdos económicos puede presentar “riesgos de violencia económica y obstétrica contra la gestante”, especialmente en las zonas más pobres del país. “Creo que se debe regular con perspectiva de género”, añade. No observa este asunto desde una perspectiva de ánimo de lucro, opina que “hay reembolsos razonables” para atender los gastos del embarazo y el parto, pero “no hay que negar que puede haber consecuencias económicas negativas”, afirma. “Una mujer en su autonomía no puede quedar expuesta a un mercado que afecte su esfera personal”.

El ministro recuerda que el procedimiento médico, lo que atañe a la salubridad, es competencia de la Federación, pero lo que tiene que ver con la práctica civil o familiar atañe a cada Estado. El segundo magistrado que votó en contra, Alberto Pérez Dayan, se manifestó directamente contrario a este proceder al entender que la maternidad no puede ser un asunto mercantil.

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La Organización Gire, para la reproducción justa, tradicionalmente enmarcada en su lucha por el derecho al aborto, siempre se ha manifestado a favor de la maternidad subrogada, pero, a su parecer, el hecho de que sea altruista, es decir, que la madre se vea obligada a ceder a su bebé de forma gratuita, ocasiona más perjuicios a la gestante. “En muchos casos, siempre acaba habiendo acuerdos y contratos [económicos] al margen de la ley y de forma clandestina, lo que deja a la mujer desprotegida cuando no cumplen la palabra dada. Esos son los patrones de conducta que hemos observado en casos que hemos acompañado en Tabasco”, explica Isabel Fulda, subdirectora de la organización feminista. Gire está de acuerdo con la resolución de la Corte, aunque no verían mal que los Estados regularan sobre este aspecto de forma garantista para las gestantes, “de la forma más clara posible”. “En todo caso, Tabasco establece que los acuerdos privados entre las partes sean revisados por un juez. Eso ya supone la intervención estatal”, afirma Fulda.

En México, solo dos Estados, Tabasco y Sinaloa, tienen regulados los vientres de alquiler, en principio limitados a mexicanos y, finalmente, en Tabasco, abierto a uniones homosexuales o personas sin pareja. Otros tres Estados, Coahuila, San Luis Potosí y Querétaro lo han prohibido. El resto no ha legislado al respecto. Sin embargo, de acuerdo con la Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe (CATWLAC, por sus siglas en inglés), alrededor de 5.000 niños y niñas son gestados en México cada año para ser vendidos en el extranjero a través de agencias dedicadas a esta práctica. Y personas de todo México firman contratos como si la gestación se diera en Tabasco, afirman. “Las mujeres que rentan su vientre en México suelen ser jóvenes sanas de 18 a 35 años de edad que viven en una situación precaria”, señala Teresa Ulloa, directora de la organización.

“El único beneficiario de todo esto es el sistema encargado del negocio, pero no redunda en los derechos humanos de las mujeres”, añade también Aimée Vega, investigadora del Laboratorio Feminista de Derechos Digitales de la UNAM. La publicidad de algunas de las agencias que se dedican a intermediar en estos contratos utiliza también el atractivo turístico mexicano como reclamo: “Tienes la opción de llevar tu proceso de gestación subrogada en Cancún. Mientras inicias tu proceso puedes relajarte en este hermoso lugar con clima tropical”, puede leerse en los reclamos de la empresa Gestación Sustituta de México. Aunque Cancún se encuentra en Quintana Roo, donde no está regulada la maternidad subrogada.

Estos paquetes que ofrecen sol, playa y bebé pueden oscilar entre los 500.000 y los 700.000 pesos (de 25.000 a 35.000 dólares) a lo que hay que sumar los gastos sanitarios derivados del embarazo, el parto y el postparto, de acuerdo con Care Surrogacy Center Mexico. Pese a su elevado costo, este procedimiento en México sale por la mitad de lo que cuesta en Estados Unidos. Las mujeres suelen recibir entre 70.000 y 100.000 pesos (entre 3.500 y 5.000 dólares) por embarazo y el resto se lo quedan las empresas que cobran por los servicios, señala Teresa Ulloa. Entre 2013 y 2015, el 95% de las personas que buscaban concebir bebés en México eran extranjeros.

En 2015 una reforma del Código Civil de Tabasco prohibió que parejas del mismo sexo y de otros países pudieran recurrir a la gestación subrogada, pero algunos grupos apelaron la decisión ante la Suprema Corte de Justicia para que las parejas homosexuales pudieran acceder a los hijos por esta vía. En 2017, tras el fallo favorable de la Corte, se volvió a cambiar la legislación de Tabasco para incluir a las parejas del mismo sexo. Aunque en un principio estaba abierto a los extranjeros, después se limitó. En la organización Gire opinan que esto podría ser discriminatorio y que, al menos, se debería abrir la posibilidad a los que tengan tarjeta de residencia en México.

Desde CATWLAC critican que las mujeres son obligadas a registrar a los niños como hijos de la gestante y de uno de los miembros de la pareja que lo demanda, para tener así la custodia compartida. En 2019 la reforma a la Ley General de Salud permitió que los vientres de alquiler fueran considerados en México como una práctica de reproducción asistida. “Los riesgos que corren son tremendos; a las mujeres les afecta emocionalmente; les imponen cómo tener al bebé, por cesárea o parto natural; les llenan de hormona; no les permiten abortar; las exigen que se mediquen...”, agrega Ulloa.

La reforma de Tabasco invalidó la obligación de que hubiera “conocimiento del cónyuge o concubino” de la madre biológica para no “perpetuar el estereotipo de que la mujer no pueda ejercer su capacidad reproductiva de manera autónoma” y tenga que contar para ello con la “autorización” del marido, se lee en la resolución de la Corte. El próximo lunes siguen las deliberaciones de los ministros en pleno sobre los efectos de la gratuidad o no de los vientres de alquiler.

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