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La justicia italiana determina que robar comida no es delito si es por necesidad

El Supremo transalpino absuelve a un hombre condenado a medio año de cárcel y 100 euros de multa por robar queso y salchichas

Vista de la Corte de Casación italiana.
Vista de la Corte de Casación italiana.

La Corte de Casación italiana —el equivalente transalpino al Tribunal Supremo español— ha absuelto este martes a una persona sin hogar al considerar que el robo de comida por necesidad no debería ser considerado un delito, a pesar de que en una instancia inferior fue condenado a seis meses de prisión por un hurto en un supermercado.

El ucraniano Roman Ostriakov intentó robar queso y salchichas de un supermercado de Génova (noroeste de Italia) en 2011. En total, los productos estaban valorados en 4,07 euros, lo que le costó inicialmente una pena de medio año de cárcel y 100 euros de multa. La Fiscalía recurrió la sentencia por un tecnicismo, argumentando que Ostriakov no debería haber sido condenado por robo sino por intento de robo, ya que no logró abandonar el establecimiento con los productos hurtados.

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Para el Tribunal el "hecho no constituye delito" porque "no es punible quien, impulsado por la necesidad, roba en un supermercado pequeñas cantidades de alimentos para afrontar la imprescindible exigencia de alimentarse", señalaron las mismas fuentes. "La condición del imputado y las circunstancias en las que se produjo el hurto de la mercancía demuestran que él se apropió de esa pequeña cantidad de alimento para afrontar la inmediata e imprescindible exigencia de alimentarse, actuando por lo tanto en estado de necesidad", señalan los magistrados.

El encargado de interponer el recurso ante la Corte ha sido el fiscal General del Tribunal de Apelación genovés que, de hecho, no solicitó la absolución sino solo una reducción de la pena ya que el acusado no llegó a realizar el delito, sino que solo lo intentó. Ostriakiv fue detenido antes de abandonar el supermercado por el guardia de seguridad, que al parecer fue advertido por un cliente que había visto al acusado meter en sus bolsillos los alimentos.

El presidente de la asociación de consumidores Codacons, Carlo Rienzi, celebró la sentencia y alertó de que "en los últimos años de la crisis económica ha aumentado considerablemente el número de ciudadanos" que se ven obligados a robar para llegar a fin de mes. "El Supremo ha establecido un principio sacrosanto: un pequeño robo por hambre no es en modo alguno equiparable a un gesto de delincuencia porque la exigencia de alimentarse justifica el hecho", consideró en un comunicado.

Tras alertar del aumento de la pobreza en los últimos años de la crisis, opinó que "en estos casos el delito no es cometido por el ladrón sino por el Estado que abandona a los más débiles a su destino, llevándoles a cumplir gestos como el robo de alimentos"

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