Escepticismo del Tribunal Supremo ante la Ley de Derecho a Voto de EE UU
La ley de Derecho a Voto de Estados Unidos topó este miércoles con el escepticismo de una mayoría de los jueces del Tribunal Supremo, que podrían revocar uno de sus principales artículos, diseñado para evitar la discriminación racial en las convocatorias electorales. La Sección 5 de la ley, aprobada en 1965, obliga a aquellos estados que participaron en la segregación racial a conseguir la aprobación del Departamento de Justicia antes de aplicar cualquier cambio a sus leyes electorales. El condado Shelby de Alabama, sin embargo, ha puesto en duda esta condición y su caso podría lograr que una mayoría de jueces eliminen el controvertido apartado.
Los magistrados se mostraron profundamente divididos en un grupo de cuatro a favor de la vigencia de la Sección 5, que justificaron con ejemplos recientes de Estados que ha intentado impedir el voto de las minorías -lo que inspiró varias denuncias de la Administración Obama- y otros cuatro en contra que alegaron avances de todo el país hacia la igualdad de derechos. El único que no concretó su postura fue el juez Anthony Kennedy, quien podría decidir finalmente la sentencia.
En el centro del debate hubo tres cuestiones: por qué se debe aplicar una ley de manera específica a determinados Estados y no a todo el país, qué circunstancias demuestran que todavía existe la discriminación y por tanto es necesario este Artículo y por qué éste debe actuar de manera preventiva.
El presidente del Tribunal Supremo, el juez John Roberts, cuestionó duramente por qué se emplean razones históricas para seleccionar a nueve Estados sureños, sin prestar atención a la actualidad. “¿El Gobierno defiende que los ciudadanos del Sur son más racistas que los que no viven en el Sur?”, preguntó Roberts al Abogado del Estado. Otros fueron más lejos. El juez Kennedy describió la Sección 5 como “legislación a la inversa”, alegando que intenta regular un problema que existió en el pasado, que la ley fue “absolutamente necesaria”, pero que “no tiene clara” su vigencia en la actualidad”.
Discriminación es discriminación, independientemente de cómo se aplique”
La ley de 1965 se aprobó además con la condición de que el Congreso revisaría su efectividad cada cierto tiempo. La última vez, en 2006, fue renovada por un período de 25 años, algo que según el juez Antonin Scalia, uno de los más conservadores de la corte, no se debe a las pruebas de discriminación halladas por la investigación del Congreso, sino porque quizás “a nadie le convenía votar en contra”. Scalia describió la Sección 5 como “un derecho racial” permanente que nunca será revocado por los legisladores por miedo a repercusiones políticas.
“El Congreso renovó la ley sabiendo que Estados como Alabama no siguen aplicando las mismas prácticas discriminatorias que en 1965, pero entiende que el auténtico enemigo de la igualdad es la discriminación, y ésta sigue existiendo”, argumentó el juez Stephen Breyer, “No hay duda de que la ley ha funcionado correctamente desde 1965”.
Bert Rein, abogado del Condado de Shelby, respondió sin embargo que “los requerimientos legales de la actualidad deben responder a circunstancias actuales” y que Alabama no impone prácticas discriminatorias como hace medio siglo. “No estamos aquí para juzgar a los Estados, sino para explicar por qué unos deben cumplir con esta ley y otros no”.
Rein encontró a sus principales oponentes entre las juezas de la corte. Mientras que la juez Sonia Sotomayor aseguró que “discriminación es discriminación, independientemente de cómo se lleve a cabo”, Ruth Bader Ginsburg explicó que “sabemos que el problema ya no es el mismo, pero siguen existiendo obstáculos y se sigue discriminando de otras maneras”. La juez Elena Kagan añadió además que “Alabama es el Estado número uno en las ofensas contra derechos civiles” y que si el Congreso ha renovado la ley en cuatro ocasiones es porque debe haber encontrado buenas razones para hacerlo.
El Departamento de Justicia bloqueó el año pasado varias leyes de gobiernos estatales republicanos que podrían haber dificultado el derecho a voto de millones de ciudadanos, invocando precisamente la Sección 5. “Puede que el Congreso admitiera que la situación ha cambiado, aunque no todo lo suficiente”, inquirió Breyer. A partir de ahí, los jueces pidieron a los abogados que esclarecieran quién debe decidir si se ha erradicado la discriminación de votantes de minorías y sin recursos y en base a qué factores.
Para Scalia, esa competencia puede corresponder al Tribunal Supremo. Para los jueces más progresistas, debe hacerlo el Congreso, tal y como lo establece la Ley de Derecho a Voto del 65. “Lo que no podemos hacer es aplicar un remedio de hace 50 años a un problema de ahora”, contestó Rein, solicitando a la corte que inste al Congreso a crear una nueva medida de control.
Donald Verrilli, abogado del Estado, se vio obligado a reconocer que en la mayoría de los casos en los que el Departamento de Justicia investiga los cambios en una ley electoral acaba dejando que entre en vigor. “Lo que debemos determinar es si podemos eliminar la Sección 5 con plena confianza de que no habrá discriminación”, añadió Verrilli. “La cuestión no es si los Estados del sur han cambiado, sino si lo han hecho suficientemente. El Congreso encontró en 2006 que había razones para justificar la renovación de la ley”.
Sotomayor dio la razón a Verrilli alegando que “las leyes cambian más rápido de lo que pueden reaccionar los tribunales, lo que justifica que se quieran tomar medidas para prevenir la discriminación de votantes. Según la juez, la Constitución permite que el Congreso apruebe medidas concretas para determinados Estados y no para otros -como en el caso de las ayudas por catástrofes naturales- porque cada uno tiene “población, necesidades y circunstancias distintas”.
Los nueve jueces anunciarán su sentencia sobre la Ley de Derecho a Voto el próximo mes de junio, antes del término del curso judicial.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.