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Estrasburgo da la razón a España frente a la demanda de una familia de Cañada Real desahuciada

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera que la demolición de la vivienda familiar no violó los derechos de sus inquilinos

Una vecina de la Cañada Real protesta contra la falta de suministro eléctrico.
Una vecina de la Cañada Real protesta contra la falta de suministro eléctrico.Marcos del Mazo (LightRocket via Getty Images)
Silvia Ayuso

España no violó los derechos de Abdelilah Ghailan y su familia al desahuciar y derribar la vivienda de esta familia de origen marroquí en el asentamiento madrileño de la Cañada Real, según ha fallado este martes el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), poniendo fin a una larga batalla judicial que se remonta a 2007 y 2011 y que provocó la movilización a favor de los afectados del Movimiento 15-M.

Los magistrados con sede en Estrasburgo desecharon la alegación de los demandantes, que afirmaban que la demolición de su casa tras décadas de tolerancia por parte de las autoridades hacia las viviendas construidas sin permiso en el asentamiento madrileño supuso una violación del artículo 8 del Convenio europeo de Derechos Humanos, que asegura que “toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia”.

La primera vivienda de Ghailan, una casa que según recoge la sentencia comenzó a construir junto con su pareja “a finales de 2004 o comienzos de 2005 de forma ilegal, sobre un terreno público en una sección de Cañada Real”, en una zona cercana al metro de Rivas-Urbanizaciones, fue derribada por orden del Ayuntamiento de Madrid en 2007 en medio de protestas que dejaron varios heridos, entre ellos algunos policías, y detenidos. Sin embargo, con ayuda de los vecinos, Ghailan empezó “al día siguiente” del derribo, continúa el fallo, a reconstruir la casa, en la que se volvió a instalar la familia hasta que se ejecutó una nueva orden de demolición, en 2011.

Según el TEDH, antes de ambos derribos, los demandantes, Ghailan, su esposa y los dos hijos de la pareja, “tuvieron una oportunidad de objetar la proporcionalidad de la demolición antes de que fuera ejecutada” en varias ocasiones durante el largo proceso de desahucio. Sin embargo, agrega, no solo no hicieron, sino que “no han dado una explicación satisfactoria de por qué no lo hicieron ante las autoridades nacionales, especialmente los tribunales”. Estrasburgo también señala que cuando tras el derribo final de su vivienda en 2011 Ghailan presentó una demanda para acceder a una vivienda social, no respondió cuando las autoridades le pidieron documentos adicionales para completar el expediente, que estaba “incompleto”.

Además, aparte de rechazar en su momento la ayuda de emergencia ofrecida tras el derribo de la vivienda, alegando que tenían apoyo de una red familiar vecina, los demandantes, hasta hoy, “no han proporcionado información alguna respecto a su situación de albergue”.

El fallo del TEDH rechazando la violación de los derechos de los Ghailan, firmado por la sección tercera del tribunal, es unánime.

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El pasado mes de febrero, la ONU insistía en que España incumple el derecho internacional en la Cañada Real. La organización envió una dura carta al Gobierno, en la que afirmaba que “no puede excusar su inactividad de cara a la protección de los derechos humanos”.

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Sobre la firma

Silvia Ayuso
Corresponsal en Bruselas, después de contar Francia durante un lustro desde París. Se incorporó al equipo de EL PAÍS en Washington en 2014. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, comenzó su carrera en la agencia Efe y continuó en la alemana Dpa, para la que fue corresponsal en Santiago de Chile, La Habana y Washington.

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