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Los eventos con 600 personas en Madrid deberán tener registro de asistentes para localizarlos si hay contagios

El Gobierno de Díaz Ayuso desarrolla el acuerdo de las comunidades con el ministerio tras la polémica por los festejos taurinos de Alcalá

Juan José Mateo
Isabel Díaz Ayuso, presidenta de Madrid, en una imagen de archivo.
Isabel Díaz Ayuso, presidenta de Madrid, en una imagen de archivo.Óscar J.Barroso (Europa Press)

Los organizadores de eventos a los que asistan 600 o más personas en la Comunidad de Madrid deberán presentar una evaluación del riesgo de su actividad que determinará si se les concede el permiso para llevarla a cabo en plena crisis del coronavirus. En el documento, tendrán que detallar la previsión del porcentaje de asistentes que acudirán desde otros municipios o regiones y los que pueden ser vulnerables a la covid por su edad o condición de salud, e implementar un registro que permita localizar a todos ellos en el caso de que posteriormente se descubra que alguien de los presentes estaba contagiado por el virus. Un requisito para facilitar la labor de los rastreadores y cortar cuanto antes la cadena de transmisión de la enfermedad.

Menos de una semana después de la polémica suscitada por el anuncio de los festejos taurinos de toros en Alcalá de Henares, finalmente suspendidos, la Consejería de Sanidad de Madrid ha publicado este martes en el boletín regional una resolución en la que desarrolla el acuerdo alcanzado por unanimidad entre las comunidades y el ministerio en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 14 de agosto.

Y aumentan las restricciones, porque se detallan condiciones que no se especificaban en la orden que implementó aquel acuerdo, y se hacen de obligatorio cumplimiento por “los espectáculos, ferias y toda clase de eventos relacionados con la actividad social, de hostelería y restauración, culturales, educativos, formativos, deportivos, de ocio, recreo o tiempo libre y todos aquellos de análoga naturaleza, en los que la previsión máxima de participación de asistentes sea igual o superior a 600 personas”. Quedan exentos “actos culturales incluidos en la programación ordinaria habitual”.

“Los eventos de carácter multitudinario por sus propias características de concentración e interacción de un gran número de personas pueden ser el origen de brotes epidémicos y de transmisión comunitaria de enfermedades infecciosas, no obstante, por su carácter planificado permiten una valoración específica de cada evento y la aplicación de medidas puntuales correctoras de riesgo”, se argumenta en la resolución de la Consejería de Sanidad.

Los organizadores deberán detallar las características del lugar de celebración del evento (metros cuadrados de utilización, aforo permitido, vías de acceso y evacuación), así como el número de asistentes que puedan realizar actividades consideradas de alto riesgo durante el evento (cantar, bailar, contacto físico, compartir materiales...)

Todos esos datos deberán estar en poder de la Administración como mínimo 10 días antes de la celebración del acto. El objetivo es frenar la expansión de una enfermedad que ya ha dejado más de 15.000 muertos y 20.000 contagiados en Madrid.

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Sobre la firma

Juan José Mateo
Es redactor de la sección de Madrid y está especializado en información política. Trabaja en el EL PAÍS desde 2005. Es licenciado en Historia por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Periodismo por la Escuela UAM / EL PAÍS.

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