Condena a Navantia por no proteger del amianto a un histórico sindicalista que sufre un cáncer mortal
La sentencia establece que la empresa pública de astilleros, que ni siquiera se presentó al juicio, deberá indemnizar al ferrolano Rafael Pillado con 128.000 euros
La empresa pública Navantia ha sido condenada por no haber protegido del amianto al histórico sindicalista ferrolano Rafael Pillado, de 80 años, que trabajó en los astilleros de la antigua Bazán desde que era un adolescente. A Pillado le diagnosticaron hace unos meses un mesotelioma, un tipo de cáncer mortal cuya vinculación con la exposición a este material está científicamente acreditada. En su sentencia, el titular del juzgado de lo social número 2 de Ferrol fija una indemnización de 128.000 euros, muy por debajo de los 380.000 euros que reclamaba el demandante. Su abogado, Jesús Porta, ha avanzado que estudiará presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Rafael Pillado, luchador antifranquista y cofundador del sindicato CC OO, fue el impulsor en los noventa de la movilización de los trabajadores del naval afectados por el polvo del amianto, un material muy nocivo que estos operarios manejaron durante décadas sin protección. Hace solo unos meses supo que él mismo había sido víctima de lo que llama el “asesino silencioso” y anunció que demandaría a Navantia. El juicio, al que el astillero público no se presentó, se celebró el pasado 20 de septiembre y Pillado contó con el apoyo de decenas de familiares, amigos y compañeros en la lucha sindical y por los derechos de las víctimas del amianto, entre ellos la abogada laboralista Cristina Almeida.
Sin mediciones
En la vista declararon compañeros de trabajo de Pillado, que fue empleado de los astilleros públicos de Ferrol entre 1959 y 2002. Esos testimonios llevan al juez a sentenciar que en los talleres que frecuentaba el demandante como trabajador y como sindicalista la empresa “no realizaba mediciones para conocer la concentración de amianto en el ambiente, ni proporcionaba a los trabajadores EPI [equipos de protección] específicos frente al amianto ni sistemas de ventilación o filtrado del aire de espacios cerrados, ni advertía a los trabajadores del riesgo que el amianto suponía”.
El juez considera probado que Pillado estuvo en contacto con el polvo del amianto y que Navantia “no adoptó medidas de seguridad para evitar los riesgos” que ello implica. De hecho, puntualiza la sentencia, la empresa pública no aportó ninguna prueba sobre la protección que necesitaban sus trabajadores para manejar este material. El fallo rechaza el mecanismo de cálculo de la indemnización de los demandantes, que reclamaron 380.000 euros aplicando los baremos de tráfico. El magistrado reduce la cuantía a 128.000 euros porque considera que el sistema utilizado por la defensa de Pillado está “pensado únicamente para procesos patológicos con origen traumático y ya estabilizados” y la enfermedad del sindicalista no se ajusta a esos requisitos. Su letrado discrepa y estudia recurrir la sentencia.
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