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El Constitucional se fractura ante el atajo del PP para presentar a Cantó

El voto de calidad del presidente del tribunal deja fuera al actor de las listas de Ayuso

Toni Cantó pronuncia un discurso junto a la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, durante un acto de campaña electoral del Partido Popular este miércoles en San Sebastián de los Reyes (Madrid). En vídeo, Cantó llama "machitos alfa" a Pedro Sánchez y Pablo Iglesias.Foto: EFE
José María Brunet

El Tribunal Constitucional rechazó este jueves el recurso presentado por el PP para que Toni Cantó y Agustín Conde pudieran formar parte de sus listas en las próximas elecciones madrileñas del 4 de mayo. La Sala Primera del tribunal, encargada del asunto, registró un empate a tres votos. Fue el voto de calidad del presidente, Juan José González Rivas, el que decantó la decisión a favor de las tesis de la Fiscalía y el PSOE, el partido que impugnó previamente la inclusión de ambos candidatos en la lista de los populares por estimar que contravenía la normativa electoral por no figurar en el censo.

La presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, no podrá contar con Toni Cantó ni Agustín Conde en su lista, al rechazarse el recurso de amparo electoral presentado contra la sentencia del juzgado número 5 de lo Contencioso, que ya excluyó a ambos candidatos de concurrir a los próximos comicios. El motivo dado por el juez es el que, en esencia, ha avalado el Constitucional: ni Cantó ni Conde figuraban inscritos en el censo electoral de Madrid, cerrado el 1 de enero último.

El recurso, en todo caso, provocó un intenso debate en el Constitucional, reflejado en la división de la Sala Primera, que quedó partida en dos bloques. Esta situación tiene un solo precedente con la actual composición del tribunal de garantías. La misma división se produjo durante el confinamiento, al inicio del primer estado de alarma, en abril de 2020, cuando otro recurso que denunciaba una supuesta vulneración de derechos fundamentales fue resuelto con el voto de calidad del presidente del tribunal. En aquel caso, el voto del presidente supuso la prohibición de manifestaciones por el riesgo que suponían para la salud pública.

La portavoz parlamentaria popular Cuca Gamarra interpela al Gobierno en presencia del líder de su partido Pablo Casado (d). En vídeo, declaraciones de la portavoz sobre la decisión de el Tribunal Constitucional.

En esta ocasión, González Rivas, adscrito al sector conservador, ha vuelto a decantarse del lado de los vocales progresistas. Su voto se unió a los de Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer, que era la ponente de la resolución que ha prosperado. La ley que rige el funcionamiento del Constitucional prevé que en caso de empate el voto del presidente es dirimente. A favor del recurso del PP votaron, a su vez, los magistrados Andrés Ollero, Santiago Martínez Vares y Alfredo Montoya, pertenecientes los tres al bloque conservador del tribunal. Los tres han anunciado que explicarán por escrito las razones de su discrepancia, en votos particulares que se darán a conocer hoy, junto con el contenido de la sentencia.

La tesis de estos magistrados es que el recurso del PP debía prosperar porque a su juicio la legislación vigente permite como mínimo un margen de duda a favor de los candidatos, que han llevado a cabo todos los pasos necesarios para figurar en las listas de los populares. Para el sector conservador del tribunal, la trascendencia del cumplimiento estricto de los plazos para figurar en el censo electoral vigente es discutible si del otro lado de la balanza lo que pende es el respeto a los derechos fundamentales. De ahí que a juicio de dichos magistrados el recurso del PP debió prosperar para garantizar que Cantó y Conde puedan acceder al ejercicio de cargos públicos; en este caso, como parlamentarios de la Asamblea de Madrid, en condiciones de igualdad con cualquier otro ciudadano que cumpla los requisitos exigidos por la legislación.

Ahí es donde el proyecto de sentencia elaborado por María Luisa Balaguer les salió al paso, con el apoyo del presidente y de Cándido Conde-Pumpido. Balaguer defendía en su borrador de fallo que el recurso no podía prosperar porque los candidatos no eran en rigor elegibles. La tesis del sector progresista del tribunal —apoyada por el conservador González Rivas— es que los requisitos que impone la ley no son caprichosos. La sentencia trata de evitar que se abra en la legislación electoral una grieta que suponga zonas grises utilizables por los partidos para maniobras de última hora por intereses coyunturales. Por ejemplo, de desplazamientos de nuevos candidatos ni siquiera censados.

A su vez, el exportavoz de Ciudadanos en las Cortes Valencianas, Toni Cantó, mostró este jueves su respeto a la decisión del Tribunal Constitucional de mantener su exclusión de la lista electoral del PP. “Como mantuve desde el primer momento, eso no era lo principal”, expresó en las redes sociales. “Lo importante es que el 4-M Madrid siga siendo libre. Y es a lo que me voy a dedicar en cuerpo y alma esta campaña”.

El PP, que se había declarado convencido de la legalidad de la designación como candidato, valoró el empate en el Constitucional como demostrativo del fundamento de sus tesis y confirmó que Cantó participará activamente en su campaña.

Un conservador contra el fraude en el censo electoral

La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo; y el presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, a su llegada a la presentación del libro 'Los derechos constitucionales. Un paseo por El Prado' en la Sede del Tribunal Constitucional, Madrid, (España), a 14 de octubre de 2020. La obra presentada se origina gracias a la colaboración entre el Tribunal Constitucional y el Museo del Prado con la intención de "ser una dinamo de reflexión, de pensamiento, de conexión con el momento actual" según el presidente del Real Patronato del Museo del Prado, Javier Solana de Madariaga.
14 OCTUBRE 2020
Eduardo Parra / Europa Press
14/10/2020
La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo; y el presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, a su llegada a la presentación del libro 'Los derechos constitucionales. Un paseo por El Prado' en la Sede del Tribunal Constitucional, Madrid, (España), a 14 de octubre de 2020. La obra presentada se origina gracias a la colaboración entre el Tribunal Constitucional y el Museo del Prado con la intención de "ser una dinamo de reflexión, de pensamiento, de conexión con el momento actual" según el presidente del Real Patronato del Museo del Prado, Javier Solana de Madariaga. 14 OCTUBRE 2020 Eduardo Parra / Europa Press 14/10/2020Eduardo Parra (Europa Press)

El papel del presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, encuadrado en el sector conservador del tribunal, ha sido determinante en dos votaciones clave en los últimos meses. Ayer decantó la balanza contra los intereses del PP en el asunto de la incorporación a las listas para el 4-M de Toni Cantó y Agustín Conde. Y en abril de 2020, su voto de calidad resolvió no supeditar el derecho a la salud pública frente al derecho de manifestación, cuando el país estaba confinado. Ese voto de hace un año le costó críticas y un conflicto interno, mediante una carta en la que seis miembros del tribunal —entre ellos su vicepresidenta, Encarnación Roca— pidieron que los asuntos más sensibles se avocaran a pleno.

En el Constitucional corrió ayer la voz de que podría volver a pedirse un pleno para el asunto de las listas del PP. Pero no fue así. Y el papel de González Rivas volvió a ser decisivo. El presidente del Constitucional formó parte de la Junta Electoral que propició la reforma de enero de 2011 en la ley electoral para darle mayor seguridad jurídica. Se decidió entonces anticipar un mes el cierre del censo en cada convocatoria, lo que se justificaba con el fin de “reforzar las garantías para impedir los denominados empadronamientos fraudulentos o de conveniencia”.


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