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Un juzgado de Girona suspende por primera vez un juicio en previsión de que se apruebe la ley de amnistía

La Abogacía del Estado apoyó la solicitud de la defensa para paralizar la vista, y la Fiscalía se opuso

Los CDR ocupan las vías del AVE en Girona.
Los CDR ocupan las vías del AVE en Girona.@CDRGIRONASALT

El Juzgado de lo Penal Número 2 de Girona ha sido el primero en suspender un juicio vinculado al procés en previsión de que sea aprobada la ley de amnistía. Los próximos 12 y 13 de diciembre debían ser juzgados cuatro hombres por el corte de las vías del AVE en octubre de 2018, durante las protestas organizadas en el primer aniversario del referéndum ilegal del 1-O. Están acusados de delitos de desórdenes públicos, atentado, daños y lesiones leves. Se enfrentan a cuatro años de prisión y multas por valor de 12.150 euros. Pero la defensa solicitó la suspensión del juicio esgrimiendo la futura aprobación de la ley de amnistía, solicitud a la que se adhirió la Abogacía del Estado (los servicios jurídicos del Gobierno) y a la que se opuso la Fiscalía. La letrada de la administración de justicia (LAJ) ha estimado la petición porque, “de prosperar la aprobación [de la ley], habría hecho inútil la celebración de un juicio con alto coste material y personal”.

Los abogados de la defensa, Montserrat Vinyets y Benet Salellas, recordaron que ya ha sido presentada en el registro del Congreso de los Diputados la proposición de la Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña. La norma establece, entre otras cosas, que quedarán amnistiados “actos de desórdenes públicos, atentado a agentes de la autoridad y aquellos materialmente conexos desarrollados en las protestas relativas a la secesión de Cataluña”. Los letrados sostuvieron que el caso de sus defendidos encaja en esos supuestos y que, con la suspensión, se evitaría “celebrar un juicio largo por unos hechos que después pudieran quedar amnistiados”.

La Abogacía del Estado también pidió la suspensión ante la posibilidad de que la aprobación de la ley de amnistía “implique la extinción de la responsabilidad de los acusados”, y apeló al “coste personal y material para los intervinientes y el principio de economía procesal”. La Fiscalía se opuso a la suspensión porque “se solicita en base a una ley no vigente a fecha de hoy, de tramitación posiblemente larga y de ámbito de aplicación incierto en relación a los hechos de los autos”.

El decreto del juzgado de Girona admite que la causa alegada para suspender “no está entre las causas objetivas de suspensión de señalamientos” y que “la ley de amnistía se halla al comienzo de su tramitación parlamentaria y no es vigente ni aplicable”. Concluye, no obstante, que deben tenerse en cuenta aspectos en este señalamiento concreto; por ejemplo, que está señalado para dos días y tendría “un gran volumen de actuaciones y testigos”, muchos de los cuales deben desplazarse desde varios puntos de España porque no han sido admitidas intervenciones telemáticas. La resolución añade que no se ha localizado a un testigo que para la Fiscalía “resulta esencial” y cuya ausencia fue el motivo de la tercera suspensión de este juicio. Además, sigue de baja de larga duración el agente de los Mossos d’Esquadra instructor de la causa.

El juzgado indica que, aunque la ley de amnistía “no se halla vigente, sí está en tramitación parlamentaria” y recoge en su actual redactado, dentro de su ámbito objetivo, los hechos objeto de la presente causa. En caso de que la norma llegue a buen puerto, “habría hecho inútil la celebración de un juicio con alto coste material y personal”. Por todo ello, y haciendo suya la argumentación de la Abogacía del Estado, la funcionaria estima “como más juicioso posponer la fecha de juicio” con un margen temporal para clarificar la situación legislativa de la proposición de ley citada, y acordar uno de nuevo para el 11 y 12 de noviembre de 2024.

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