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Entrevista desde la cárcel con una asesina

Las declaraciones de Rosa Peral reabren el debate sobre los límites de la libertad de expresión de los presos

Rebeca Carranco
La acusada Rosa Peral, durante el juicio en la Audiencia de Barcelona.
La acusada Rosa Peral, durante el juicio en la Audiencia de Barcelona.MASSIMILIANO MINOCRI

El miércoles se pudo escuchar por las ondas del matinal de la radio pública catalana, en horario de máxima audiencia, a una mujer presa por asesinar a su expareja defender su inocencia y señalar a una sociedad machista, a un jurado ignorante y a un fiscal demasiado preparado como los culpables de una sentencia injusta. Se trata de Rosa Peral, un personaje interpretado en la ficción por Úrsula Corberó en la nueva serie de Netflix El cuerpo en llamas sobre el crimen de la Guardia Urbana que se ha colocado en lo más visto de la plataforma. La Generalitat ha sancionado a Peral por saltarse los cauces internos para entrevistarse con un periodista desde la cárcel ahora que vuelve a ser el centro de atención. Su caso abre un debate complejo: ¿Tienen derecho los presos a expresarse libremente en los medios de comunicación?

“Absolutamente, sí. Es un derecho fundamental”, asegura el secretario de medidas penitenciarias de la Generalitat, Amand Calderó. La institución que representa Calderó ha castigado a Peral con la limitación de sus llamadas en la cárcel a familiares directos después de que aprovechase esa vía para conceder la entrevista a El Matí de Catalunya Ràdio. La misma técnica que se usó para otra entrevista, el día antes, en Y ahora Sonsoles de Antena3. En el documental Las cintas de Rosa Peral dio un paso más, con las videollamadas, y además de la voz, se le ve también la cara. “Es un mal uso de la confianza que la institución deposita en el interno”, señala Calderó, sobre el uso de las llamadas autorizadas como un bypass para hablar con periodistas. Calderó insiste en que nadie le negó una entrevista a Peral porque jamás la pidió.

Los presos tienen derecho a hablar con los medios de comunicación. Lo dejó claro una sentencia del Tribunal Constitucional de 2020 después de la denegación de la entrevista a un interno en Córdoba con eldiario.es. La decisión conculcó la libertad de expresión del preso, la libertad de información del periodista y el derecho de los ciudadanos a ser informados libremente. Y supuso una suerte de “censura previa” ante el temor alegado por la dirección de la prisión de que el preso criticase la situación en la cárcel. A raíz del caso, el Ministerio del Interior redactó una instrucción que regula las autorizaciones de entrevistas en las cárceles que hasta entonces no existía. Y determina los tres elementos que se ponderan como límite a ese derecho: la seguridad de la prisión, el proceso de reinserción del preso y los efectos en las víctimas del delito.

“Es una decisión técnica, que se evalúa caso a caso”, indican fuentes de instituciones penitenciarias, que insisten en que la prioridad es siempre el derecho de comunicación del preso. El año pasado se solicitaron 12 entrevistas al Ministerio del Interior, de las que se tramitaron 9: seis se autorizaron y tres se denegaron. En Cataluña, con las competencias transferidas, no existe una norma por escrito a la que atenerse. “Aplicamos lo mismo que dice la instrucción de Madrid”, asegura Calderó, que no descarta redactar también un reglamento. Recuerda que la ley “reconoce explícitamente el derecho del interno, pero puede tener restricciones”.

“La norma supone cierta discrecionalidad. Son cuestiones vagas e interpretadas por personas que no son jueces”, objeta Carles Martínez, presidente de la comisión de Derechos Penitenciarios del colegio de abogados de Barcelona. Martínez apuesta por una regulación más clara: “Cualquiera de los tres motivos puede concurrir en una petición: siempre hay una víctima, siempre puede afectar al centro y también a tu propio itinerario”. Una realidad, dice, generalizada, que los presos padecen en todos los ámbitos, desde la petición de un tercer grado hasta la autorización para hacer entrar una calculadora o una radio. “El mundo penitenciario funciona así”, resume.

En la práctica, algunas entrevistas en los medios de comunicación se realizan por una puerta trasera. Los internos autorizan a un periodista como persona de confianza que le visita a través de un locutorio. El futbolista Dani Alves, preso preventivo acusado de violar a una joven en una discoteca, concedió una entrevista a La Vanguardia. Acreditó a la periodista, que lo comunicó a la dirección del centro. La Generalitat señala que no hubo engaño y que la entrevista fue por escrito, una modalidad que consideran que tiene menos repercusión para el centro, para el propio preso y para la víctima. El reglamento del Ministerio del Interior detalla que en los presos preventivos, como el caso de Alves, se comunica al juzgado que investiga el caso, que puede vetar el encuentro. Algo que no consta que se hiciese con el futbolista.

“Las víctimas también tienen cierto derecho al silencio y a confiar en el relato de la sentencia judicial”, defiende el abogado penalista y doctor en Derecho Marc Molins. Considera que usar las llamadas telefónicas para conceder entrevistas supone “subvertir el legítimo control” que ejercen los centros penitenciarios. “La cultura de interpretación de máximos de los derechos fundamentales está bien implementada en nuestros centros penitenciarios”, defiende. Y añade que “los límites tienen una operatividad, un fundamento” y deben poderse aceptar. “Las dudas en este problema hay que aislarlas de la forma más favorable al mantenimiento de la verdad judicial y de protección de la víctima”, opina.

La abogada de Rosa Peral ya ha anunciado que recurrirá las sanciones que han impuesto a su cliente ante el tribunal de vigilancia penitenciaria. Con la polémica caliente sobre la mesa, Calderó asegura que Peral hubiese obtenido seguramente la autorización para hablar con un medio de comunicación. “En ningún momento le hemos denegado una entrevista y reconocemos su derecho a hacerla”, dice, sin negar que el “ruido mediático perjudica a su itinerario de protección, al de su entorno y al de la víctima”. De haberla autorizado, la fórmula adecuada hubiese “por locutorio, de manera escrita”. Calderó también admite que no recuerda otra sanción similar a ningún preso. A raíz de las entrevistas de Peral, Albert López, el otro condenado por el caso de la Guardia Urbana a 20 años de prisión, también ha visto restringidas sus llamadas de manera preventiva.

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Sobre la firma

Rebeca Carranco
Reportera especializada en temas de seguridad y sucesos. Ha trabajado en las redacciones de Madrid, Málaga y Girona, y actualmente desempeña su trabajo en Barcelona. Como colaboradora, ha contado con secciones en la SER, TV3 y en Catalunya Ràdio. Ha sido premiada por la Asociación de Dones Periodistes por su tratamiento de la violencia machista.

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