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Absueltos dos policías nacionales acusados de agredir a un manifestante en la Jefatura de Barcelona

El joven, que regresaba de una manifestación antifascista en 2017, también ha sido exculpado de atentar contra agente de la autoridad

Dos policías nacionales en una imagen de archivo.
Dos policías nacionales en una imagen de archivo.CNP (Europa Press)

La Audiencia de Barcelona ha absuelto a dos agentes de la Policía Nacional acusados de pegar a un detenido en un ascensor la Jefatura Superior de Vía Laietana de Barcelona en noviembre de 2017. Los efectivos estaban desplazados en Cataluña por la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre. El joven detenido fue procesado por atentado a agente de la autoridad, pero también ha sido exculpado.

El pasado 4 de octubre se celebró el juicio que presentaba dos denuncias cruzadas. Mientras que el joven, detenido al regresar de una manifestación antifascista, demandó a los agentes por agredirle en un ascensor que no tiene cámaras, los policías declararon que este dio un manotazo a uno de ellos cuando le solicitaron identificarse. La sede policial estaba fuertemente custodiada porque habían transcurrido pocas semanas desde las cargas del 1 de octubre.

La Fiscalía, que solicitó dos años y seis meses de prisión al manifestante por atentar contra la autoridad y por resistencia, desconfiaba del joven porque presentó la denuncia mes y medio después del incidente. La organización “Alerta Solidaria”, que ejerció la acusación particular, demandaba cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación para los policías por un delito contra la integridad moral.

La Audiencia considera en la sentencia que no quedan “suficientemente” probadas ni las lesiones ocasionadas por los dos policías a este joven de 21 años ni que este se resistiera de forma “grave” a su detención o que agrediera a los agentes. El documento señala el “vertido de versiones contradictorias” ofrecidas por los procesados. Respecto a la versión del manifestante, entre otros aspectos, el tribunal defiende que se produjo “un lapsus temporal de una hora y cuarenta minutos” entre que fue puesto en libertad y fue al centro sanitario de la localidad de Premià de Mar (Barcelona) sin que solicitara antes asistencia médica. En el caso de las acusaciones de los policías, la sentencia señala que, considerando el estado de “nerviosismo” del manifestante, este podría haber dado el manotazo sin una intencionalidad: “No puede concluirse que tuviera necesariamente el propósito de golpear al agente en la mano con la necesaria intensidad que el tipo penal requiere, es decir, de acometer, agredir, atacar, arremeter o siquiera resistirse de forma activa y grave a la actuación de los agentes de la autoridad”.

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