Abogados que van a prisión con el sumario a cuestas
Justicia avala una norma de 2008 que veta el uso del portátil a los letrados que asisten en la cárcel a sus clientes
Todo parece indicar que Carles Monguilod —pelo impecable, lo mismo que el traje y la corbata— se dirige al aeropuerto. Lleva una bolsa de mano y arrastra una maleta con ruedas. Pero no: está a punto de entrar en el centro penitenciario para jóvenes de La Roca del Vallès (Barcelona) para preparar la defensa de un cliente. En la maleta no hay ropa sino el expediente judicial, en papel, de su defendido. A Monguilod, abogado penalista, le gustaría ahorrarse la carga y llevar consigo solo el ordenador portátil. Pero no puede: una circular de 2008 prohíbe a los abogados, salvo casos excepcionales, entrar en prisión con aparatos electrónicos.
Monguilod se está moviendo para intentar cambiar las cosas. Con sumarios judiciales cada vez más voluminosos —que incluyen varios tomos y miles de páginas—, el proceso de imprimir el papel y transportarlo hasta el locutorio de la cárcel donde se entrevistará con su cliente le parece desfasado. La cosa se complica cuando hay que visitar a varios reos, en distintas prisiones, un mismo día. Le ocurre a menudo.
El abogado escribió al director de Puig de les Basses (Girona), donde tiene presos a algunos de sus clientes, para pedirle acceder con el portátil. La solicitud fue denegada: “No será posible. Hemos de seguir la normativa vigente”. Monguilod le respondió instando a cambiar una “normativa incomprensible que perjudica el derecho de defensa”. Puso la situación en conocimiento del Colegio de Abogados de Girona y de la consejera de Justicia, Ester Capella.
La norma que dificulta el acceso de ordenadores es una circular aprobada en 2008 por el entonces secretario de servicios penitenciarios, Albert Batlle. Ese texto se redactó pensando en “atenuar los riesgos” que supone el contacto de las cárceles con el exterior. Y prohíbe de forma expresa, entre otras cosas, el uso de “ordenadores” y otros aparatos, también por parte de los letrados. Solo podrán usarlos “en un momento puntual por un motivo determinado” y siempre con la “autorización expresa del director” del centro.
Consultado sobre este problema, el Departamento de Justicia defiende que los riesgos siguen “vigentes”, y más si se tiene en cuenta la “evolución tecnológica” experimentada desde entonces. Justicia se apoya en una consulta hecha a Europris —una organización que facilita la coordinación y las buenas prácticas en las cárceles europeas— que constata una prohibición general de introducir dispositivos electrónicos.
En esa misma línea, Justicia cree que “no se puede generalizar el uso al tratarse de un recinto de seguridad”, pero matiza que en ocasiones se permite el uso del portátil. Sobre todo, “en procedimientos muy complejos con un volumen importante de documentación”. Y recuerda que las videoconferencias son una forma de sortear el problema del papel.
Monguilod, abogado de casos célebres de ayer y de hoy —El Vaquilla, la farmacéutica de Olot, Javier Cercas, Eric Abidal, el caso 3% o el más reciente Barçagate— insiste en que hay que cambiar “normas absurdas que no responden a las necesidades actuales”. Y añade que hacerlo en Cataluña, con competencias propias en materia de prisiones, abriría la puerta a conseguirlo, también, en el resto de España.
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