El Ayuntamiento de Ponferrada desoye a la justicia y mantiene una red de calor pese a una orden de paralización
El alcalde, Marco Morala (PP), rechaza la sentencia porque no es firme pese a que esta insta a la “ejecución provisional” inmediata


El Ayuntamiento de Ponferrada, dirigido por el alcalde, Marco Morala (PP apoyado por Vox y Coalición por el Bierzo), se niega a acatar una resolución judicial que ordena la paralización de la red de calor de la ciudad, de 63.000 habitantes. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la localidad berciana ha ordenado la “ejecución provisional” de una sentencia que insta a paralizar el funcionamiento de una planta de biomasa que suministra calefacción al municipio. El regidor esgrime que el dictamen no es firme, pese a que sí se reclama la actuación inmediata, en un proceso que ha enfrentado a los vecinos del barrio de Compostilla con el Ayuntamiento y la Junta de Castilla y León desde 2017. El juzgado acepta así la solicitud del colectivo Bierzo Aire Libre y la asociación de vecinos, que pedían esa paralización “fundamentándola en la nulidad de pleno derecho, el peligro para la salud y el medio ambiente derivado de la falta de una evaluación ambiental integral y la falta de permiso para la red de distribución”. El Consistorio esgrime que se afecta a los habitantes, pero el juez alega que la corporación y la Junta tienen alternativas para el suministro.
La pugna en los tribunales comenzó en 2017, explica Víctor Álvarez, abogado de ambas agrupaciones denunciantes. El letrado explica que entonces se otorgaron las primeras licencias para el parque de biomasa en coordinación del Ayuntamiento con Somacyl, una empresa pública autonómica, en el barrio de Compostilla, “un barrio desconectado de Ponferrada, de antiguos trabajadores de la central térmica, donde se planteó en una parcela donde se preveía el parque de la Juventud”. La instalación se ubicó muy cerca de las viviendas y en 2021, tras la denuncia de los agraviados, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) dictó la ilegalidad de la planta de biomasa “por cuestiones de forma pero que tienen trascendencia”. “Nunca se concedió permiso ambiental, se tramitó con un permiso de obras. Los vecinos recurrimos y se anuló por información pública deficiente: se ocultó, no hubo tramitación pública”, agrega.
Álvarez lamenta que el Ayuntamiento se guíe por “todo prisas para gastar unos fondos europeos” y que, tras ese primer fallo judicial, los mandatarios trataron de legalizar la red de calor “con unas licencias ambientales parciales, que entendíamos ilegales y a espaldas de los vecinos”. También recurrieron y el pasado julio el juzgado volvió a darles la razón, anulando la planta de biomasa “por no cumplir garantías ambientales y los procesos fueron ilegales”.
El Consistorio y Somacyl lo elevaron al TSJCyL y Bierzo Aire Libre y la plataforma vecinal presentaron al juzgado Contencioso-Administrativo una demanda de ejecución provisional “para no andar esperando meses a que el TSJ responda”. Al ser aceptada la paralización, que el alcalde se niegue a acatar el dictamen, “es un error jurídico, es una orden inmediata aunque no sea firme, han tenido tiempo de sobra, pero han pospuesto decisiones que se sabían desde julio”.
El regidor, Marco Morala (PP), ha asegurado que esta resolución “es una faena”, ha garantizado que la recurrirán y que los servicios jurídicos municipales la están estudiando para ver cómo obrar. La sentencia “anula licencias otorgadas en 2021” y ha definido el caso como “una cuestión puramente jurídica y procedimental, la infraestructura no se hizo mal, el procedimiento para otorgar esas licencias sí”. Morala ha sostenido que la red de calor con la biomasa “es buena en todos los sentidos para Ponferrada, para el medio ambiente, la economía y el ahorro energético” porque se retiraron viejas calderas de gas o gasóleo, y ha añadido que hay muchos edificios públicos que se han adecuado al nuevo sistema de calefacción y que esa “faena” se debería a que no habría cómo caldearlos.
La sentencia, a la que ha accedido EL PAÍS, asume que “el perjuicio alegado por el Ayuntamiento es cierto, grave e inmediato”, si bien niega que sea “de imposible reparación” o genere “situaciones irreversibles”, pues el perjuicio es “de extrema gravedad social” pero “técnicamente reparable” porque el Ayuntamiento y Somacyl “tienen la obligación de disponer los medios alternativos para garantizar la continuidad del servicio por otros medios.
El perjuicio es, en esencia, económico y organizativo”. En cambio, más grave puede ser la afección medioambiental derivada de tener la “existencia misma de una instalación industrial operando sin las garantías ambientales debidas”. “La finalidad de la legislación de prevención ambiental es preventiva; si se permite que una instalación opere sin evaluación integral hasta que la sentencia sea firme (lo que puede demorar años), el eventual daño ambiental o a la salud ya se habrá producido, convirtiendo la tutela judicial en ilusoria”, esgrime el juzgador.
El pronunciamiento judicial recoge que no puede “paralizar” algo que ya está construido, como esa planta, pero sí dictar la “ejecución provisional” al centrarse en “actividades en curso, no de hechos consumados, cuya eventual reversión (demolición) es propia de la ejecución definitiva”. Al analizar esas claves de procedimientos ambientales no efectuados, el magistrado considera que “el interés público (la correcta evaluación ambiental) ha sido vulnerado” y que “el interés general en la protección de la legalidad ambiental y la salud pública, declarado nulo de pleno derecho, debe prevalecer sobre el interés (también público) de la continuidad de un servicio que, si bien esencial, puede ser garantizado por medios alternativos que la Administración tiene el deber de implementar, aunque ello le suponga un coste”.
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