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FISCAL GENERAL DEL ESTADO

El juez archiva la investigación contra la mano derecha de García Ortiz

Hurtado rechaza los recursos del fiscal general contra su imputación e insiste en que hay indicios “suficientes” contra él

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia del Senado el pasado 18 de febrero.
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia del Senado el pasado 18 de febrero.Jaime Villanueva
Reyes Rincón

El magistrado Ángel Hurtado, instructor de la causa abierta contra el fiscal general del Estado, ha sobreseído la investigación contra la mano derecha de Álvaro García Ortiz, el fiscal Diego Villafañe, al considerar que no hay motivos para mantener su imputación. Por contra, Hurtado rechaza los recursos del jefe del ministerio público y la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, contra el auto en el que acordó citarles como investigados porque sí ve indicios “suficientes” contra ambos. Respecto a García Ortiz, el instructor subraya “los indicios que apuntan al interés que mostró por hacerse con el correo de 2 de febrero de 2024, y que, cinco minutos después, inmediatamente de ‘cerrar el círculo’, aparezca filtrado su contenido en un medio de comunicación”.

El correo del 2 de febrero al que hace referencia el instructor en su auto es el que envió a la Fiscalía el abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso e imputado por fraude fiscal, en el que admitía que su cliente había cometido dos delitos contra Hacienda y proponía un pacto que le librara de la cárcel. La filtración de ese mail es el centro de la investigación de Hurtado, quien sostiene que, llegados a este momento de la instrucción, todo apunta al fiscal general y a la jefa provincial.

Hurtado no ha conseguido recabar ninguna prueba que demuestre que García Ortiz y Rodríguez se concertaron para filtrar el correo del abogado a los medios de comunicación, que es la actuación que atribuyó a ambos cuando les citó como investigados (en esa operación incluía también a Villafañe, al que este miércoles ha eximido). El volcado del teléfono móvil de la fiscal provincial reveló que esta envió a García Ortiz, a las 21.59 del 13 de marzo de 2024, el mail cuya filtración se investiga, pero en los mensajes cruzados entre ambos no había ninguno que apuntara a que ese correo luego se envió a algún medio de comunicación. El jefe del ministerio público, por su parte, borró todos sus mensajes de Whatsapp el día que lo encausaron y cambió de móvil días después, por lo que los investigador no han podido acceder a sus comunicaciones de esa noche. No obstante, Hurtado, en el auto dictado este miércoles, llega a dar por hecho que la filtración partió de él.

Según el juez, “el acento” hay que ponerlo en el hecho de que el contenido del correo fuera por primera vez publicado por un medio de comunicación (la Cadena Ser) a las 23.51 del 13 de marzo de 2024 unos minutos después de que, a las 23.46, García Ortiz recibiera la cadena completa de correos electrónicos intercambiados entre el abogado de González Amador y el fiscal que presentó la denuncia contra él, Julián Salto. El juez considera que solo con esa relación directa entre el momento en el que el fiscal general recibió el correo y la difusión de su contenido en un medio de comunicación basta para mantener la imputación de García Ortiz.

“Como se consideró que había suficientes indicios para presumir ese interés y la inmediata filtración, una vez reunida la información que buscaba, se estimó que pudo ser, al nivel indiciario propio del momento en que se encuentra la causa, quien lo filtrase”, señala el instructor, quien no obstante, alude también a la implicación del jefe del ministerio público en la elaboración de la nota de prensa publicada el 14 de marzo por la Fiscalía para desmentir el bulo que estaba lanzando el entorno de Díaz Ayuso, una nota que la Sala de Admisión del Supremo descartó que fuera delictiva.

La ecuación que hace Hurtado al decir que la Cadena Ser difundió por primera vez el contenido del correo cinco minutos después de que el fiscal recibiera la cadena completa de mails no es correcta porque la referencia de las 23.51 que emplea el juez es la hora en la que la emisora publicó en su página web la información sobre el correo investigado . Pero la existencia de ese mail y su contenido textual se contó en antena a las 23.24 de ese día, es decir, más de 20 minutos antes de que García Ortiz recibiera el último correo sobre el caso que contenía todos los anteriores. El informe de la UCO sobre el teléfono de Rodríguez constató, no obstante, que Rodríguez envió a las 21.59 a García Ortiz el mail cuya filtración se investiga.

Tanto el fiscal general como la jefa provincial habían alegado que decenas de personas tuvieron acceso a ese correo porque el abogado de González Amador lo envió a una dirección genérica de la Fiscalía de Delitos Económicos. El magistrado considera que este detalle es “indiferente” y que detenerse en él supondría desviar el foco de atención, según Hurtado “No es asumible la hipótesis de acudir a la mera posibilidad abstracta, de que un indeterminado número de personas, que ninguna relación guardan con los hechos, pudieran ser autores de la ilícita filtración que se investiga, cuando lo actuado permite concretar la implicación en ella de los investigados, de manera que, desde el momento que así cabe presumirlo, por incompatibilidad y exclusión, queda descartada esa indefinida hipótesis planteada por la defensa”, señala el auto.

Defensa de González Amador

En su resolución, el juez vuelve a negar que haya infravalorado el testimonio de algunos periodistas que han aseguraron ante el juez que conocieron el contenido del correo del 2 de febrero horas antes de que este llegara a García Ortiz. Y libra de nuevo de cualquier sospecha o reproche al jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, quien difundió en su cuenta de X la versión falsa de que era la Fiscalía quien había propuesto un pacto a González Amador y ha admitido haber enviado a un grupo de periodistas un correo remitido el 12 de marzo por el fiscal del caso al abogado de la pareja de Ayuso. Según el juez, la difusión del correo del 2 de marzo (de la que culpa al fiscal general y la provincial) fue “una filtración subrepticia”, mientras que lo que hizo el jefe de gabinete de Ayuso es una “divulgación autorizada”.

“Una cosa era la divulgación consentida del correo de 12 de marzo de 2024, que no supone quiebra alguna sobre la confidencialidad que caracteriza el delito de revelación de decretos del artículo 417 del Código Penal, y otra completamente distinta la filtración del contenido de los datos personales de un ciudadano, que no lo autoriza, y su posterior continuación en la nota del día 14″, señala el juez, que añade: “El hecho nuclear de este delito consiste en revelar un secreto o información confidencial, al que ha tenido acceso el sujeto activo y no ha de ser divulgada, confidencialidad que no se pierde porque haya existido información previa sobre aspectos ajenos al núcleo de lo confidencial”.

El instructor hace suyos los argumentos de la defensa de González Amador y destaca los “datos personales tan íntimos y privados” como es la confesión de un delito que recogía el correo del 2 de febrero y, aunque el fiscal del caso explicó en su aclaración como testigo ante el juez que consideraba que ese mail no era “secreto”, el instructor sí considera que las negociaciones entre el fiscal y abogado defensor es “material sensible” y “ha de pasar por criterios de confidencialidad, que, si se quiebran, pueden entrañar una importante merma para el derecho de defensa, con el perjuicio que ello conlleva”. Y recuerda que el deber de reserva lleva aparejado el de confidencialidad y que compete especialmente a la Fiscalía, según las normas que regulan su funcionamiento (su Estatuto Orgánico o la instrucción 2/2019 ).

Hurtado incluso sale en defensa de la pareja de Ayuso respecto a las demandas y querellas que ha presentado este contra políticos y periodistas que se han referido a él como defraudador confeso, para advertir el daño que le provoca la filtración del correo del 2 de febrero: “Una evidencia, por ser notorio, que al Sr. González Amador, en determinados medios y ámbitos, se le viene llamando defraudador o delincuente confeso, cuando no ha recaído sentencia condenatoria que así lo declare”.


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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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