La jueza del caso de la pareja de Ayuso defiende el derecho de PSOE y Más Madrid a informar a la prensa
La instructora descarta tomar medidas contra las acusaciones populares, como pidió González Amador
La jueza que instruye la causa contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha rechazado la petición de este para expulsar del caso al PSOE y Más Madrid, que actúan como acusaciones populares. En un auto fechado este martes, la titular del Juzgado de Instrucción 19 descarta que, como denunció la defensa de González Amador, estas acusaciones hayan filtrado a los medios de comunicación información reservada y defiende el derecho de las partes a ofrecer información de la instrucción al tratarse “de un asunto de relevancia”. La jueza también rechaza la petición de la pareja de Ayuso, imputado por fraude fiscal, para que se sancionara a los letrados del PSOE y Más Madrid.
El auto dictado por la jueza Inmaculada Iglesias, al que ha tenido acceso EL PAÍS, responde a varias solicitudes sucesivas que presentó la defensa de González Amador para que se tomaran medidas contra las dos acusaciones populares por informar a los medios de comunicación de detalles de la instrucción. La pareja de la presidenta madrileña se quejaba de una nota de prensa difundida por el PSOE en agosto pasado que revelaba contenido de la investigación que, supuestamente, tuvo que ser filtrado por uno de los abogados de las acusaciones populares.
La Fiscalía reclamó que se rechazaran la petición de González Amador, al igual que el PSOE y Más Madrid defendieron su derecho a informar a los medios de un procedimiento de “gran repercusión mediática” que ya ha generado otras muchas filtraciones ajenas a las acusaciones populares. La nota de prensa difundida, alegó el PSOE, “responde a la obligación de ofrecer información veraz, clara, objetiva y responsable a la opinión pública y a la prensa ante casos judiciales en los que interviene como acusación popular”.
La jueza da la razón a ambas acusaciones cuando esgrimen una sentencia de 1985 del Tribunal Constitucional que estableció que era posible ofrecer información de una instrucción siempre que no afectara a la parte secreta de sumario. Según el tribunal de garantías el secreto del sumario “no significa, en modo alguno, que uno o varios elementos de la realidad social (sucesos singulares o hechos colectivos cuyo conocimiento no resulte limitado o vedado por otro derecho fundamental según lo expuesto por el art. 20.4 de la Constitución Española) sean arrebatados a la libertad de información, en el doble sentido de derecho a informarse y derecho a informar”. Además, advierte la instructora, son muchos los abogados que están trabajando en la causa por parte de ambas acusaciones, con lo que no es posible acreditar el origen de la filtración.
La decisión adoptada por la jueza contrasta con la postura que ha mantenido el TSJ de Madrid y el Tribunal Supremo respecto a la querella presentada por la pareja de Ayuso contra la Fiscalía por difundir una nota de prensa y, supuestamente, filtrar unos correos electrónicos sobre la propuesta de pacto presentada por la defensa de González Amador al ministerio público. En ese caso, el alto tribunal ha decidido investigar el origen de la filtración y ha abierto una causa contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez. Los despachos de ambos fueron registrados la semana pasada por orden judicial para intervenir todos sus dispositivos informáticos y telemáticos en busca de pruebas.
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