El Constitucional admite a trámite el recurso del PP contra la ley de amnistía y mantiene a Macías como ponente
El tribunal queda por ahora compuesto por once magistrados –seis progresistas y cinco conservadores-, aunque no cierra definitivamente el capítulo de las recusaciones
El Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad en su pleno de este martes admitir a trámite el recurso del PP contra la ley de amnistía. Previamente, el tribunal ha rechazado la recusación presentada contra el magistrado José Mario Macías, del sector conservador. Macías ha podido defender así su proyecto de resolución sobre la impugnación que el grupo parlamentario popular ha presentado contra el perdón a los líderes del procés. Dicho magistrado se mantiene, por tanto, como ponente de las resoluciones que tenga que ir tomando el Constitucional sobre la impugnación presentada por el PP a la ley de amnistía.
Con la admisión a trámite del recurso del PP, que se suma a la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Supremo, son ya dos los procesos abiertos en el Constitucional contra la ley de amnistía, sin que necesariamente hayan de avanzar al mismo ritmo. El primer asunto en resolverse será la cuestión de inconstitucionalidad que planteó la Sala Penal que llevó a cabo el juicio contra los dirigentes del procés. Esta sentencia marcará el camino de las resoluciones del tribunal sobre esta materia. De hecho, hay cierta similitud entre todas las iniciativas presentadas contra la ley de amnistía, que además de las dos mencionadas, incluyen quince recursos planteados por los ejecutivos o parlamentos de comunidades autónomas gobernadas por el PP.
El eje fundamental de estos recursos es la vulneración del principio de igualdad. El PP presentó su impugnación coincidiendo con la apertura del año judicial, el pasado 5 de septiembre. La secretaria general del PP, Cuca Gamarra, subrayó ese día que los populares siempre habían defendido que la amnistía era “inconstitucional” e “inmoral” porque su única premisa era “otorgar inmunidad a una casta política para que Sánchez fuera presidente del Gobierno de España”. El Supremo, en su exposición de la cuestión de inconstitucionalidad remitida al órgano de garantías, hizo una mención que no incluyó en su sentencia del procés, diciendo que los hechos por los que se condenó a los líderes independentistas constituían un intento de “golpe de Estado”.
Nueva recusación a Macías
El tribunal que de momento deliberará sobre estos recursos queda ahora compuesto por once magistrados ―seis del grupo progresista y cinco del sector conservador―, tras la abstención de Juan Carlos Campo, exministro de Justicia, que intervino en la tramitación de los indultos a los dirigentes independentistas. La Abogacía del Estado, por otra parte, quiere volver a recusar al magistrado conservador Macías. Este primer intento ha sido rechazado porque se ha presentado de forma prematura, a juicio del órgano de garantías.
El criterio del tribunal es que cualquier intento de apartar a un magistrado del conocimiento de un caso debe plantearse cuando el procedimiento haya comenzado, no antes. En el caso del recurso del PP contra la ley de amnistía, el proceso no se había iniciado, puesto todavía no había sido admitido a trámite. Una vez que se ha dado este primer paso, sí cabe presentar la recusación. Macías, por otra parte, también está recusado, en el procedimiento abierto a instancias del Supremo, aunque por la Fiscalía.
La recusación de Macías se apoya en dos informes que este magistrado suscribió en 2023 contra la ley de amnistía en su anterior cargo como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con criterios que la Abogacía del Estado y la Fiscalía consideran incompatibles con la exigible apariencia de imparcialidad. El primer informe del Poder Judicial sobre la amnistía, emitido el 6 de noviembre de 2023, criticaba que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, hubiera “pactado una ley de amnistía con partidos políticos que incluye, entre otros, el dirigido por un prófugo de la justicia que se beneficiará personalmente de la medida”, en alusión a Carles Puigdemont. Añadía que la norma debería haberse tramitado como proyecto de ley (de tramitación más larga y sometida a consultas e informes), mantenía que su aprobación convertía la independencia judicial en “una quimera”. También exponía que “la concesión de una amnistía en nuestro actual sistema constitucional constituye una grave vulneración de los derechos fundamentales y del propio sistema de división de poderes en que se inspira nuestra Constitución y sobre el que se asienta el Estado de derecho”.
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