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La Audiencia de Sevilla niega la libertad al exviceconsejero Agustín Barberá condenado por los ERE porque no solicitó amparo al Constitucional

El tribunal considera que el antiguo titular de Empleo, condenado a siete años de prisión, no puede beneficiarse de una sentencia cuyos efectos son personalísimos y solo se extienden al recurrente

El exviceconsejero de Empleo, Agustín Barberá , a su llegada a la Audiencia de Sevilla para conocer la sentencia de los ERE en noviembre de 2019.
El exviceconsejero de Empleo, Agustín Barberá , a su llegada a la Audiencia de Sevilla para conocer la sentencia de los ERE en noviembre de 2019.Julio Muñoz (EFE)
Eva Saiz

La Audiencia de Sevilla ha denegado la petición de puesta en libertad del exviceconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, Agustín Barberá, condenado a siete años de prisión por malversación en la llamada pieza política de los ERE. Su defensa solicitó la excarcelación atendiendo a las recientes sentencias del Tribunal Constitucional que supusieron la salida de prisión de otros antiguos altos cargos. Los magistrados sostienen que como Barberá no recurrió en amparo ante el tribunal de garantías, sus sentencias no pueden aplicársele “por tratarse de un recurso personalísimo”.

“El recurso de amparo solo determina que los efectos de la sentencia que dicte el Tribunal Constitucional se extiendan al recurrente, y no a otros condenados, consecuencia que sí se prevé para el recurso de casación” ante el Tribunal Supremo, señalan los jueces de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla en un auto fechado el 10 de julio. La defensa de Barberá no interpuso este recurso ante el Constitucional después de que el Supremo confirmara su condena por malversación y prevaricación en el caso de los ERE, como sí hicieron otros altos cargos que sí han obtenido total o parcialmente el amparo por parte del alto tribunal. “Es el propio penado el que consintió su actual situación”, sostienen los magistrados.

La sala añade que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional solo contempla la posible revisión de otra sentencia “para el supuesto de sentencias declarativas de inconstitucionalidad en las que se declare la nulidad de una norma jurídica aplicada, que suponga en un proceso penal, sentencia con fuerza de cosa juzgada, una reducción de la pena, o una exclusión, exención o limitación de responsabilidad criminal”. Y recuerda que en el caso del exviceconsejero de Empleo, el Supremo confirmó la pena impuesta por la Audiencia “de forma que adquirió firmeza la sentencia de primera instancia y se ordenó el cumplimiento de la condena impuesta”. “No existe ningún precepto legal que pueda justificar el incumplimiento del mandato constitucional del artículo 118 de la Constitución, que proclama la obligación de cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los jueces y tribunales, y el consiguiente deber de respeto que acompaña a la cosa juzgada y al principio de seguridad jurídica”, arguyen los magistrados.

“Este tribunal no puede extender al solicitante efectos de lo que se resuelva en los recursos de amparo interpuestos por otros condenados, porque carece de sustento legal y competencia para hacerlo”, concluyen los magistrados de la Audiencia Provincial. Este tribunal ya decretó la excarcelación de Serrano, Vallejo y Aguayo tras recibir del Constitucional el fallo que anulaba sus condenas. Sigue pendiente su pronunciamiento sobre la excarcelación del exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, y del exviceconsejero de Innovación, Jesús María Rodríguez Román, cuyas condenas por malversación en el caso de los ERE también fueron anuladas parcialmente.

A diferencia del resto de beneficiados, el Tribunal Constitucional aún no ha remitido su fallo, dictado el pasado 3 de julio, a la Audiencia de Sevilla y sin este paso, el tribunal provincial entiende que no puede ordenar la excarcelación. “Esta situación, verdaderamente kafkiana, es a mi juicio gravísimamente lesiva del supremo derecho a la libertad personal de Antonio Fernández García, que no debería permanecer privado de libertad ni un minuto más, además de suponer un tratamiento discriminatorio y desigual en relación a otros justiciables en su misma e idéntica situación de sentencia de condena anulada”, se lamentaba este martes el abogado del exconsejero de Empleo, Alfonso Martínez del Hoyo, que dirigió un escrito al Tribunal Constitucional para que remitiera su sentencia a la Audiencia Provincial,

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Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.
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